La Alcaldía de Cúcuta, a través de la Secretaría de Equidad de Género y del enlace del programa Familias en Acción, informaron que desde el 4 de mayo, 34.834 familias cucuteñas podrán cobrar el primer incentivo de 2023.
Para cobrar el incentivo, las familias beneficiarias podrán hacerlo a través del operador financiero Banco Agrario, mediante los canales: Movii y Su Red.
Las titulares que cobran por la modalidad Movii podrán acercarse desde el 4 de mayo, a los puntos de pago habilitados.
Mientras que los titulares que cobran por la modalidad Su Red podrán acercarse desde el 5 de mayo, a los puntos de pago habilitados.
Cabe mencionar que tendrán plazo de reclamar el beneficio hasta el próximo 29 de mayo de 2023. Los traslados de giro se deben solicitar al correo del banco: servicio.cliente@bancoagrario.gov.co con la siguiente información:
- Nombres y apellidos completos.
- Tipo de documento de identidad.
- Número documento de identidad.
- Departamento donde tiene la liquidación (giro).
- Municipio donde tiene la liquidación(giro).
- Departamento donde quiere que se le realice el traslado del giro.
- Municipio donde quiere que se le realice el traslado del giro.
- Correo electrónico.
- Número de teléfono celular.
Así mismo, se recuerda a los beneficiarios que los canales de atención del Programa Familias en Acción del municipio son: la línea de WhatsApp 313248 8090 o el correo electrónico familiasenaccion@cucuta.gov.co.
“Recuerden que todos los trámites del programa Familias en Acción son gratuitos y no requieren intermediarios”, recalcó la administración municipal.
¿Cómo ser beneficiario del programa Colombia mayor?
En su página web, Prosperidad Social expone que el Programa de Protección Social al Adulto Mayor —Colombia mayor— busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión o viven en la extrema pobreza.
En ese orden de ideas, precisa cuáles son los requisitos que deben cumplir aquellos que deseen ser beneficiarios:
- Ser colombiano.
- Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
- Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
- Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.
Si el interesado cumple los requisitos, debe acercarse a puntos determinados por la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales, el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor.
Enseguida, a través del sistema, se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los criterios de priorización, los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
Cabe mencionar que los adultos mayores de 90 años, que reciban este beneficio y que tengan una movilidad reducida, pueden recibir la transferencia a domicilio, previa solicitud con historia clínica, y siempre y cuando lo acepten.