Ante una reunión programada por las autoridades venezolanas, este jueves 23 de febrero, uno de los pasos fronterizos habilitados en esta región que conecta con la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander, tendrá cierre temporal.

Es por ello que el paso vehicular particular entre Colombia y Venezuela se verá interrumpido en el puente internacional Atanasio Girardot, mejor conocido como ´Tienditas´.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), el cierre comenzó desde las 6:00 de la mañana de este jueves y se extenderá hasta las 6:00 de la tarde del mismo día.

Por lo tanto, los puentes internacionales Simón Bolívar y Francisco de Paula Santander, los cuales recientemente quedaron habilitados para el cruce de vehículos particulares, serán utilizados como vías alternas.

Los puentes fronterizos están habilitados de 6:00 de la mañana a 8:00 de noche. | Foto: Víctor Méndez

Se conoció que en el puente ´Tienditas´ se llevará a cabo el evento denomina “Batalla de los cuatro puentes”, el cual conmemora el intento fallido de ingreso de ayuda humanitaria el pasado 23 de febrero de 2019.

Cabe mencionar que los automóviles que deseen cruzar hacia territorio colombiano y viceversa, tras más de siete años con paso restringido, tendrán que cumplir con una serie de requisitos dispuestos por el Ministerio de Transporte, los cuales son:

Vehículos particulares

  • Licencia de conducción.
  • Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) vigente.
  • Documento de propiedad del vehículo.
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.
  • Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá la revisión técnico-mecánica y de gases.
Las autoridades venezolanas realizan operativos de registro y control. | Foto: Guillermo Torres Reina

Los documentos admisibles para el control migratorio son: pasaporte vigente, cédula de ciudadanía/cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

El período de permanencia habilitado por la Tarjeta de Movilidad Fronteriza y la cédula venezolana no deberá sobrepasar los siete (7) días calendario.

Motocicletas

  • Licencia de conducción.
  • Soat vigente.
  • Documento de propiedad del vehículo.
  • El vehículo debe circular con sus placas en punto visible.
  • Porte obligatorio de casco y chaleco reflectivo.
  • Prohibido la circulación de pasajero o parrillero hombre en la unidad territorial que corresponda.
  • Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.
  • Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico-mecánica y de gases.

Se requerirán los mismos documentos admisibles para el control migratorio anteriormente mencionados.

Servicio público transfronterizo colectivo (buses y busetas)

  • Licencia de conducción.
  • Revisión técnico-mecánica.
  • Soat vigente.
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
  • Permiso o tarjeta de operación o certificado de prestación del servicio CPS y el DT 9 o DT 10.
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000, de acuerdo con la Ley 2198 de 2022.
  • Deberán circular por las rutas autorizadas con destino final las terminales autorizadas de transporte.
  • Se deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad
  • No está permitido el uso de vidrios polarizados.
  • El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional.

Se requerirán los mismos documentos admisibles para el control migratorio anteriormente mencionados.

Taxis

  • Licencia de conducción.
  • Revisión técnico-mecánica.
  • Soat vigente.
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
Los conductores del servicio público pidén garantías de seguridad en la frontera. | Foto: Archivo particular tomado de Facebook
  • Permiso o tarjeta de operación.
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000.
  • Las rutas en el trayecto origen-destino se realizan bajo servicio de transporte puerta a puerta. El regreso se realiza sin pasajeros.
  • Se deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad.
  • No está permitido el uso de vidrios polarizados.
  • El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional.

Se requerirán los mismos documentos admisibles para el control migratorio anteriormente mencionados.

Transporte internacional de carga

  • Licencia de conducción.
  • Revisión técnico-mecánica.
  • Soat vigente.
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de mercancías por carretera.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
También hay paso comercial sobre el puente ´Tienditas´. | Foto: Víctor Méndez
  • Manifiesto de Carga Internacional expedido por la empresa autorizada.
  • El vehículo y unidad de carga debe circular con sus placas en lugar visible.
  • Certificado de habilitación.
  • Carta de Porte Internacional por carretera.
  • La carga deberá ser descargada y/o transbordada a los depósitos y/o almacenadoras habilitadas que se encuentren ubicadas en un rango no superior a veinte (20) kilómetros contados desde la frontera.

Se requerirán los mismos documentos admisibles para el control migratorio anteriormente mencionados.

Transporte internacional de pasajeros

  • Licencia de conducción.
  • Revisión técnico-mecánica.
  • Seguro obligatorio Soat vigente.
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de pasajeros.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
  • Manifiesto y/o listado de pasajeros.
  • Permiso o tarjeta de operación.
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.

Se requerirán los mismos documentos admisibles para el control migratorio anteriormente mencionados.