El lamentable hecho se presentó cuando un vehículo tipo ambulancia que se desplazaba por la calle 11 oeste invadió el carril contrario y terminó colisionando contra dos motocicletas, dejando a los conductores de estos vehículos lesionados.

Se conoció que los afectados fueron trasladados a un centro asistencial, sin embargo, aún no se conoce el estado de salud de las personas. Por su parte, la ambulancia se fugó del lugar de los hechos.

Ante lo sucedido, el alcalde Jorge Iván Ospina, se pronunció en su cuenta oficial de Twitter, en la que rechazó tal evento y anunció una sanción a dicha empresa de ambulancias que provocó el accidente.

Por su parte, el subsecretario de Movilidad, Edwin Cándelo, hizo un llamado a la ciudadanía para que haga un buen uso de las vías y respete las normas, “especialmente cuando son vehículos que deben preservar, conservar y garantizar las vidas de los conductores y los colombianos”.

Igualmente, la secretaria de Salud de Cali, Miyerlandi Torres Agredo, haciendo uso de sus competencias como Distrito, dijo que desde su dependencia se está trabajando para mejorar el funcionamiento del sistema de ambulancias en la capital del Valle. De ser necesario, hará uso de las facultades sancionatorias ante irregularidades.

“En la ciudad de Cali tenemos más de 669 ambulancias registradas en el sistema de habilitación. Ahora, como Secretaría Distrital, iniciaremos todo el proceso de verificación, así como también los procesos sancionatorios cuando estos tengan lugar”, señaló la funcionaria.

Controles que empleará la Secretaría de Salud a empresas de ambulancias

Miyerlandi Torres dijo al respecto que desde la Secretaría de Salud van a generar capacitaciones y competencias laborales a las empresas de ambulancias, principalmente a todo el personal que maneja estos vehículos “para mejorar la humanización y la calidad de la atención. Segundo, vamos a verificar que las empresas de ambulancias se adhieran al sistema de seguimiento y verificación a las condiciones de habilitación pertinentes”, dijo.

También harán visitas y atenderán las diferentes quejas que reciban de la comunidad. “Entraríamos a hacer la verificación, a través de ahí verificar si podemos hacer suspensiones o iniciar procesos sancionatorios cuando estos tengan lugar”, informó.

Por el momento, las autoridades de Cali se encuentran investigando este hecho, haciendo uso de las cámaras de seguridad de la ciudad, y también realizando un llamado a los ciudadanos que conozcan el paradero de quienes iban a bordo de la ambulancia, la cual provocó el accidente de dos motociclistas.

Lo que indica la Norma Técnica

El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec), organismo nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993, indica que una ambulancia es un vehículo de emergencia autorizado para transitar con prioridad de acuerdo con la condición del paciente y acondicionada de manera especial y exclusiva para el transporte de pacientes, con recursos humanos y técnicos calificados para la atención y beneficio de aquellos.

Es un vehículo automotor y como tal está regido por las normas nacionales pertinentes, expedidas por el Ministerio de Transporte, sin poseer ningún beneficio adicional al designado en esta definición. Por tanto, no tiene ninguna prerrogativa diferente a la de ser un vehículo con circulación prioritaria.

Tienen dos clasificaciones, una de ellas es la ambulancia de transporte asistencial básico (TAB): unidad móvil destinada al transporte y/o asistencia de pacientes cuyo estado real o potencial no precisan cuidado asistencial médico durante la atención y el transporte.

La segunda, son las ambulancias de transporte asistencial medicalizado (TAM): unidad móvil destinada al transporte y/o asistencia de pacientes cuyo estado potencial y/o real es de riesgo y requieren equipamiento, material y personal médico durante la atención y el transporte.

Toda ambulancia debe poseer pito convencional o estándar. Deben tener un sistema de telecomunicación y/o radiocomunicación móvil o portátil, asignado a esta, que les permita establecer contacto con su central o base de operaciones y la red de coordinación del ente territorial cumpliendo con las normas vigentes del ente regulador.

Según la norma, el sistema de frenos debe ser el original del vehículo, en caso de modificación se debe contar con la autorización del fabricante del vehículo o el representante del mismo; como mínimo debe tener un sistema de circuito independiente, paralelo o en equis (X), de disco en las cuatro ruedas o de discos adelante y campanas atrás, hidráulico o neumático. Debe contar con un testigo, indicador de bajo nivel de líquido de freno, además con un freno de aparcamiento o emergencia capaz de mantener inmóvil y en forma permanente el vehículo con el motor en marcha.

De los aspectos más importantes, es que el vehículo debe mantener su estabilidad a una velocidad media de 70 km/h, sin que se detecten vibraciones, movimiento de los equipos, ni defectos de funcionamiento.