El 7 de noviembre de 1985, el Magistrado auxiliar del Consejo de Estado Carlos Horacio Urán Rojas salió con vida del Palacio de Justicia. Su esposa, Ana María Bidegain, lo reconoció en un vídeo en el que sale del Palacio saltando en su pie derecho, con algunas lesiones por explosivos y bajo custodia militar. Después de que terminó la retoma del Palacio, estuvo desaparecido 24 horas. Su cuerpo fue hallado al día siguiente en el patio interior del Palacio, con sus ojos lívidos y un tiro de gracia en el cráneo. Por este crimen cometido hace 24 años, la Fiscalía consideró abrir el miércoles pasado una investigación preliminar por los delitos de genocidio, homicidio y desaparición forzada, de los que pudo ser víctima Urán, durante la toma y retoma del Palacio de Justicia. La decisión fue tomada por la fiscal de la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Ángela María Buitrago, quien ha llevado todos los casos del Palacio de Justicia desde diciembre de 2005. La decisión de la Fiscal implica que esas conductas punibles son consideradas imprescriptibles por del Código Penal. Según el ex magistrado de la Corte Suprema Hernán Galán, “este crimen ya prescribió y la única manera de que la Fiscalía abriera un proceso es declarando los hechos del Palacio como delitos de lesa humanidad. La apertura de la investigación es una declaración tácita en ese sentido”. Este no es el primer caso que se considera de lesa humanidad. En el mismo proceso del Palacio de Justicia, la desaparición de doce trabajadores de la cafetería y la actuación del coronel Alfonso Plazas Vega, contra el que se espera una sentencia, son considerados como tal. Se califican como delitos de lesa humanidad aquellos que hieren a la humanidad entera, a todas las personas del planeta. Según el Estatuto de Roma, éstos son cometidos por el Estado o por organizaciones políticas como parte de un plan sistemático. Es decir, que se cometen con intención y premeditación contra civiles en tiempos de guerra o de paz. Hacen parte de los delitos de lesa humanidad los homicidios que se cometen con una planeación previa, los exterminios de comunidades enteras imponiéndoles condiciones de vida inhumanas hasta lograr su desaparición, la esclavitud, la privación ilegal de la libertad, la tortura, los delitos sexuales, la persecusión discriminatoria de grupos raciales, religiosos, políticos, entre otros, la desaparición forzosa y las deportaciones o traslados obligados de personas de un territorio a otro sin justificación. La única posibilidad de evitar que la muerte de Urán y otros delitos del Palacio queden en la impunidad es cobijarlos bajo esta figura. Así se lo explicó a Semana.com Gustavo Petro, candidato a la presidencia del Polo Democrático y ex integrante del M-19. Para Rafael Barrios, abogado que ha llevado el caso del magistrado Urán y de los desaparecidos del Palacio, si bien la apertura de esta investigación es un paso adelante en la búsqueda de la verdad y la justicia de los familiares de las víctimas, también es un indicador de un retraso en la justicia colombiana para actuar con celeridad en estos casos.Tan demorada estuvo, que el caso del Palacio lleva 19 años en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Barrios considera que el Estado es culpable doblemente: por los crímenes de sus militares y por el retraso de la justicia. La última petición ante la CIDH que hicieron los familiares de las víctimas fue en julio de 2008, en la que piden que se declare responsable al Estado por la desaparición de 12 personas, la desaparición y posterior ejecución extrajudicial del magistrado Urán, la detención arbitraria y la tortura de tres personas y la violación a la integridad sicológica y moral de los familiares de las víctimas. La Comisión no se ha pronunciado sobre esta petición debido a las solicitudes de prórroga que ha hecho el Estado colombiano con la excusa de presentar observaciones finales. En este caso, la decisión de la Fiscalía de iniciar investigaciones preliminares no frenará el estudio del caso en el ente internacional. Si la Comisión no se ha pronunciado al respecto de los hechos del Palacio de Justicia se debe a varios motivos, el principal de ellos, es que durante mucho tiempo no hubo suficientes elementos probatorios. Solo desde 2005 las investigaciones de la Fiscalía han dado con pruebas que permiten avanzar en el esclarecimiento de los hechos. El proceso más grave que tiene ahora la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado por crímenes de lesa humanidad es el de 5 mil militantes de la Unión Patriótica asesinados por agentes del Estado y paramilitares. Para René Guarín Cortés, vocero de los familiares de las víctimas del Palacio, existe la posibilidad de que esta decisión corresponda a un interés de reabrir varios procesos judiciales en contra de ex integrantes del M-19. "Es inadmisible que el Estado vaya a declarar este crimen como de lesa humanidad con el fin de levantar el indulto al M-19 y reabrir algunos casos y otorgar eventuales indultos a los militares implicados, cubriendo con el manto del olvido y la impunidad los grandes crímenes que cometieron", declaró Guarín a Semana.com. Respecto a la teoría de Guarín, Gustavo Petro aclara que "al M-19 no lo acusaron por delitos de lesa humanidad porque no los cometió. Todos los integrantes del M-19 que participaron en la toma están muertos y por lo tanto no hay procesos de este tipo que puedan abrirse contra el M-19. Los hechos de violencia que sucedieron en el Palacio de Justicia, protagonizados por algunos oficiales del Ejército, sí constituyen delitos de lesa humanidad", puntualizó. En el juzgado 51 penal del Distrito de Bogotá se encuentran pendientes de juicio Jesús Armando Arias Cabrales, comandante en ese entonces de la Brigada 13; el coronel Edilberto Sánchez Rubiano, jefe del B2 de la Brigada 13; el mayor William Vásquez Rodríguez, y tres sargentos que estuvieron a cargo de la Casa del Florero. Al parecer, varios sindicados salieron el año pasado por vencimiento de términos, según indicó el abogado Barrios. El informe final de la comisión de la Verdad, publicado el 17 de diciembre de 2009, describe que la lesión producida por el impacto del proyectil en el cráneo de Urán es similar al encontrado en ocho cuerpos de guerrilleros del M-19. Fue junto a estos cuerpos -y el de la abogada Luz Stella Bernal- que fue encontrado Urán en la morgue.La necropsia 3783 realizada al magistrado especifica varias circunstancias especiales: herida en la región frontal del cráneo, donde las pruebas de balística indicaron que fue un disparo a menos de un metro; equimosis en ambos ojos, aunque no puede asegurarse que fueron producidas por algún tipo de tortura, y lesiones causadas por explosivos en los glúteos, piernas y brazos, pero que no eran letales. Estas conclusiones son las que intentará verificar la exhumación ordenada anoche por el Fiscal (e) Guillermo Mendoza Diago. En caso de ser verificada, complementará las pruebas que hay en este caso: un vídeo y una billetera perforada por un disparo con los documentos de Carlos Horacio Urán, encontrada en 2007 durante una inspección judicial de la Fiscalía a la Bóveda de seguridad del B2.