El alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, se mostró consternado por la decisión que tomó el Consejo de Estado de anular la elección del senador Roy Barreras por doble militancia y puso en tela de juicio la determinación que causa escándalo en el país.
“¿Qué democracia existe si los ciudadanos no pueden confiar en el voto que emiten?”, así empezó el mensaje que colgó el mandatario en su cuenta de Twitter para cuestionar a los magistrados que tumbaron el nombramiento “popular” del presidente del Congreso.
A su juicio, la medida que le impusieron a la ficha clave del Pacto Histórico en el legislativo, nada en contra de la convención americana de derechos humanos que Colombia se comprometió a cumplir y citó el apartado que, supuestamente, se estaría violando.
“Solo un juez penal puede suspender los derechos políticos de un ciudadano”. Quintero Calle relató que la trascendencia de este “derecho es tan fundamental que no se puede suspender, ni si quiera, en estados de excepción”, redactó en sus redes sociales.
En el mismo párrafo contó que la situación que está padeciendo Barreras la vivió en el pasado, recordando que él fue suspendido de su cargo por la Procuraduría General de la Nación, por presunta participación en política en la campaña presidencial a favor de Petro.
“Ayer fue a nosotros, hoy es a Roy Barreras, mañana puede ser cualquiera”. Más abajo lanzó una fuerte acusación: “Colombia está violando sus obligaciones internacionales. Quien termina gobernando no es el pueblo, lo hacen unos servidores que nunca fueron elegidos desde sus escritorios”, concluyó.
¿Por qué se tomó esta decisión?
En este caso, el presidente del Senado, Roy Barreras, enfrentó seis demandas en el alto tribunal que buscaban declararlo culpable de doble militancia como senador. Así se desarrolló esto:
Dos de las demandas fueron presentadas por Andrés Felipe Villalobos y Michelle Steffany Gómez, mientras que las otras cuatro fueron presentadas por Moisés David Anaya Villadiego, Martín Emilio Cardona, Roberto Carlos Daza y Michelle Steffany Gómez, nuevamente. De igual manera, la defensa de Barreras tuvo la oportunidad de presentar sus argumentos para evitar que las demandas procedieran.
Sobre esto, se afirmó que “a la fecha no se logró probar la existencia de razones fácticas y jurídicas que permitan concluir que debe declararse la nulidad del acto de mi poderdante”. No obstante, después de la ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas, se constató que sí hubo razones muy claras que evidencian la doble militancia.
“Se demostró que el demandado no renunció (dentro del término legalmente previsto, el cual feneció el 13 de noviembre de 2021) a su curul como senador, como da cuenta la certificación del secretario general del Senado de la República, del 30 de junio del 2022, según la cual Roy Leonardo Barreras se posesionó como senador para el período 2018-2022, en la cual se precisó que para esa fecha”, se incluye.
De igual manera, es necesario destacar que después de que se emita el fallo, la defensa de Roy Barreras tiene dos alternativas: puede solicitar acciones de aclaración o de revisión ante el Consejo correspondiente.
Asimismo, si estas acciones no tienen éxito, la defensa aún puede presentar una tutela que sería evaluada por ese mismo tribunal. Si la tutela es rechazada, la defensa podría apelar ante la Corte Constitucional para su revisión.
Así lo anunció el Consejo de Estado
“@consejodeestado anula elección de Roy Barreras, al concluir que incurrió en doble militancia, por incumplir su deber de renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha de inscripciones para elecciones de congreso período 2022-2026, para presentarse por otra colectividad”, se indicó a través de la cuenta oficial de Twitter del Consejo de Estado.