El contralor general Carlos Hernán Rodríguez Becerra le hizo un llamado de atención al presidente Gustavo Petro sobre la intervención anunciada a las Comisiones de Regulación en su visita a la central eléctrica de Hidroituango, en el norte del departamento de Antioquia.
De acuerdo con el funcionario, la intervención debe ajustarse a los principios o criterios de “eficiencia, económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad y transparencia, definidos por la Ley de Servicios Públicos”.
“Si bien el señor presidente puede asumir directamente las funciones de las Comisiones de Regulación de Energía (Creg) y la de Agua (CRA), conviene señalar que estas se encuentran conformadas mayoritariamente por funcionarios del Gobierno. No obstante, se recomienda que la intervención se realice de manera técnica y mire las necesidades reales de los usuarios; en todo caso, respetando las leyes de libre mercado en los términos del artículo 333 de la Constitución Política y la regulación de monopolios”, aseguró Rodríguez.
Y añadió: “Aprovecho esta visita para plantear a EPM, que es una empresa pública y uno de los principales actores del sector, si pueden dar garantías de que no va a abusar de su posición dominante tanto en generación como en comercialización, y que no justifique así la intervención que plantea Gobierno”.
Hay que recordar que el Gobierno nacional tiene listo el borrador del decreto con el que ―de manera oficial― el presidente Gustavo Petro asume las facultades de regulación y control de las tarifas de servicios públicos en Colombia, medida que generó una fuerte tormenta política en el país por los alcances que puedan tener las nuevas funciones del mandatario colombiano.
En el documento aparecen los diferentes artículos con los cuales se da piso a las decisiones que pueda adoptar el presidente Petro con las nuevas facultades, las cuales han sido criticadas por romper el orden institucional.
“Reasumir las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Energía y Gas y a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico efectuadas mediante los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y demás normas concordantes, las cuales, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 142, serán ejercidas por el presidente de la República”, señala uno de los artículos del proyecto de decreto.
También señala el documento: “En consecuencia, las Comisiones de Regulación continuarán expidiendo los actos administrativos de carácter particular que ejercen a la fecha de la expedición del presente decreto”.
“Para los efectos de lo señalado en el artículo anterior, el presidente podrá solicitar el apoyo técnico de las Comisiones de Regulación y demás entidades de cada sector”, anota el proyecto de decreto.
Hace varios días, y en medio de la agenda de trabajo que adelantó Petro en Duitama, en el departamento de Boyacá, en donde se reunió con la comunidad, aseguró que las funciones que adoptará serán las de aplicar políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos y ejercer el control, inspección y vigilancia de las entidades.
“¿Y eso qué significa? Que el presidente de la República, por orden constitucional, tiene la facultad de generar las políticas generales de administración de servicio públicos domiciliaros que son el agua, la luz”, explicó el jefe de Estado.