Un nuevo hecho de violencia contra la mujer se registró este lunes en Medellín, donde un hombre con detención domiciliaria atacó a su expareja sentimental, a quien, según las autoridades, le propinó 20 puñaladas.

De acuerdo con el reporte oficial, los hechos ocurrieron en una vivienda del barrio Robledo La Huerta, ubicado en el noroccidente de Medellín. El presunto agresor, quien tiene una condena por lesiones personales, tomó un arma blanca y agredió en repetidas ocasiones a la mujer, quien ahora se recupera de las lesiones ocasionadas, aunque su pronóstico es reservado.

El secretario de Seguridad de Medellín, Gerardo Acevedo, aseguró que: “Es inaudito que una persona que haya sido condenada por ocasionar lesiones personales a su pareja le medida domiciliaria y vuelva y agreda a su pareja”.

Luego de cometido el hecho, el presunto agresor habría huido a otro municipio, donde finalmente fue capturado. Deberá responder por dos delitos: fuga y tentativa de homicidio.

Preocupante agresión contra la mujer

En el marco de la conmemoración de la Ley Rosa Elvira Cely, la Organización de Naciones Unidas, a través del UNFPA, hace un panorama general sobre las cifras de feminicidios en el territorio nacional y recuerda la importancia de medir esta problemática integralmente.

Desde el 6 de julio de 2015, en Colombia se conmemora la promulgación de la Ley 1761, “por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones”.

De acuerdo con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), este avance en el reconocimiento de la violencia de género en contra de las mujeres fue el resultado del esfuerzo de organizaciones feministas y mujeres que por años exigieron al Estado la tipificación como delito de esta forma de violencia.

El hecho de que ahora se contemple en la ley el feminicidio significa una garantía para la investigación y judicialización adecuada de los feminicidas. Esta contempla el feminicidio como la muerte de una mujer por su condición de ser mujer, o por motivos de su identidad de género.

Sin embargo, el rostro de este logro a nivel jurídico es el de Rosa Elvira Cely, una mujer bogotana de 35 años que fue asesinada, torturada y víctima de violencia sexual por parte de un compañero de estudio.

Por medio de un comunicado de prensa, el UNFPA dice que este caso es el reflejo de la discriminación, desigualdad, violencia por razones de género y misoginia que le ha arrebatado la vida a miles de mujeres.

Asimismo, el órgano de Naciones Unidas informa que, en 2021, las investigaciones tipificadas como feminicidio por la Fiscalía General de la Nación registran 194 víctimas. Y la Defensoría del Pueblo registró de manera preliminar 35 mujeres transgénero víctimas de este delito.

También detalla que, en lo corrido de 2022, la Fundación Feminicidios Colombia ha registrado 129 casos de feminicidio y la Red Comunitaria Trans, 11 feminicidios en mujeres trans.

Adicionalmente, estos hechos de violencia consideran las siguientes circunstancias que lo configuran como delito:

  • Tener o haber tenido una relación con la víctima. Esto permite establecer si existe una relación de confianza o no entre la víctima y la persona agresora.
  • Ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual. Se considera la existencia de otras manifestaciones de violencias de género, como física y sexual, incluida la Mutilación Genital Femenina.
  • Cometer el delito en aprovechamiento de las relaciones de poder ejercidas sobre la mujer. Permite caracterizar personal, económica, sexual, militar, política o socioculturalmente a la víctima, para establecer las relaciones de poder desiguales entre ella y la persona agresora.
  • Cometer el delito para generar terror o humillación a quien se considere enemigo. Evidencia de la desigualdad de género, la discriminación y el odio.
  • Que existan antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza por parte de la persona agresora contra de la víctima. El feminicidio es un contínuum de violencia, esto permite establecer hechos de violencia de género previos a la muerte.
  • Que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad. Se vulnera el derecho de libertad a la víctima, sin importar cuánto tiempo fuese.