Sigue la novela por cuenta del proceso de revocatoria de mandato en contra del alcalde de la capital de Antioquia, Daniel Quintero. Aunque la iniciativa estaba dada por muerta, un fallo emitido por el Consejo de Estado le brindó los primeros auxilios al proyecto ciudadano: la discusión sobre la continuidad del mandatario será resuelta por un juzgado en Medellín.
La medida se tomó luego de que se pidiera la intervención de los magistrados de ese alto tribunal en una decisión proferida el pasado 18 de julio, en la que se le pidió a la Registraduría Nacional que gestionara ante al entonces presidente de la República, Iván Duque, la fecha para que se votara la revocatoria.
Si bien el Consejo de Estado no entró en el pleito sobre la legalidad de los puntos ordenados ese día, dejó claro que el emisor de esa resolución no tiene la potestad para definir el proceso. Es decir, el Tribunal Administrativo de Antioquia no goza de la competencia para generar pronunciamientos sobre el tema.
El estruendo empezó el 22 de marzo de este año, cuando el abogado Nelson Hurtado presentó una solicitud de acción de cumplimiento donde pretendía que la Registraduría avanzara con los trámites de la revocatoria de Quintero, frenados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) a razón de presuntas irregularidades en la financiación.
Si bien, en primera instancia, un juzgado no concedió el objetivo de la revocatoria, las reclamaciones se extendieron a las oficinas del Tribunal Administrativo de Antioquia. Sorpresivamente, este organismo le otorgó la razón al ciudadano: la Registraduría falló y debe seguir con el proceso.
“Ordénese que, en el plazo máximo de ocho días, contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, en caso de que constante el complimiento de los requisitos, notificar al funcionario correspondiente para los fines que contempla la citada norma”, se plantó en el documento en el que se interpretó que la continuidad del alcalde se definiría en las urnas.
Sin embargo, la Registraduría reprochó las conclusiones y apeló el fallo. Ahora bien, los argumentos establecidos en las últimas horas por la magistrada Rocío Araújo Oñate, del Consejo de Estado, establecieron que el conducto regular fue saltado, entonces dejó sin piso jurídico las órdenes del alto tribunal en esta región del país.
Ese despacho aseguró que la acción de cumplimiento estaba dirigida en contra de las registradurías especiales de Medellín, por lo que su jurisdicción se limita a un territorio municipal y los ejecutores de las decisiones deben ser las autoridades de ese orden. En este caso, el Juzgado Cuarto Administrativo de Medellín.
Al contrario, meses antes, el Tribunal Administrativo de Antioquia dio por sentado que era la autoridad competente para resolver el pleito jurídico porque los funcionarios vinculados estaban adscritos a una entidad de orden nacional. Pero toda esa teoría se cayó con un jalón de orejas del Consejo de Estado.
“No le asiste razón al Tribunal Administrativo de Antioquia, al señalar que la competencia para conocer en primera instancia está en cabeza de los tribunales administrativos, a razón de que la Registraduría es una entidad de orden nacional. Se tiene que las accionadas son las registradurías de Medellín. Es decir, se trata de autoridades de orden municipal”, escribió la magistrada.
En consecuencia, se decreta la nulidad de la determinación del Tribunal Administrativo de Antioquia y la pelota pasa al Juzgado Cuarto Administrativo de Medellín que deberá resolver la novela judicial de la revocatoria del alcalde Daniel Quintero, quien tiene previsto entregar las riendas de la ciudad en diciembre de 2023.
Para el exconcejal y precandidato a la administración distrital, Simón Molina, esto “exige que se continúe adelante con el proceso de revocatoria contra Daniel Quintero en Medellín”.