La medida de restricción para vehículos y motos volverá a estar activa este primero de agosto en Medellín y el resto de los municipios del Valle de Aburrá, con base en los dígitos que rigen para el segundo semestre del año, puesto en marcha desde el pasado 18 de julio en toda la subregión.

De acuerdo con la política establecida por las alcaldías, la circulación estará bloqueada durante este lunes para los carros particulares cuya placa finalice en los números 6 y 3. Lo mismo pasará con las motos de dos y cuatro tiempos, pero con el primer dígito de la placa.

La política, que busca mejorar las condiciones de transporte y la calidad del aire, estará activa para los carros y motos de lunes a viernes, entre las cinco de la mañana y las ocho de la noche, tal como se aplicó en los primeros seis meses del año.

Mientras que, para este lunes 8 de agosto, los taxistas no podrán rodar con los vehículos que tengan su matrícula terminada en 5, entre las seis de la mañana y las ocho de la noche de cada día de la semana, excepto los sábados y los domingos, donde hay libre circulación.

El incumplimiento de la política metropolitana de transporte genera una sanción de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) y representa la inmovilización del automotor.

El pico y placa tendrá varias flexibilidades trascendentales en los diez municipios de la subregión: Medellín, Envigado, Itagüí, Sabaneta, Bello, Copacabana, Caldas, La Estrella, Girardota y Barbosa.

En primer lugar, la política no se aplicará en las veredas de los corregimientos de la capital de Antioquia ni en varios corredores viales de la ciudad.

Los conductores tendrán vía libre en el Sistema del Río y la Avenida 33: desde el Río hasta su conexión con Las Palmas; la avenida Las Palmas; avenida La Iguaná; el Sistema Vial del Río: Autopista Sur, avenida Regional y avenida Regional Occidental (paralela).

Además, en la calzada oriente-occidente del Puente Horacio Toro, entre los lazos S-W y E-S que le permiten hacer el retorno sur-sur del Sistema Vial del Río para tomar La Iguaná hacia el occidente.

La restricción incluye camperos, motocarros y cuatrimotos y se hará conforme con el último dígito de la placa. Para motos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos aplicará con el primer número de la placa, de la siguiente manera:

- Lunes: 6 y 3.

- Martes: 9 y 8.

- Miércoles: 4 y 5.

- Jueves: 7 y 1.

- Viernes: 2 y 0.

A partir del 18 de julio, los registros de exención de la medida de pico y placa autorizados en vigencia del Decreto 040 de 2022 -a favor de los vehículos destinados al transporte del personal profesional y/o auxiliar de la salud necesarios para atender la emergencia sanitaria- serán cancelados debido al levantamiento de dicha condición.

Sin embargo, las demás solicitudes de exención autorizadas y registradas en la base de datos de la Secretaría de Movilidad estarán vigentes hasta la fecha establecida para su vencimiento. Eso aplica en los siguientes escenarios:

  • Vehículos de combustible eléctrico e híbrido.
  • Vehículos que usen gas natural comprimido vehicular.
  • Vehículos de servicio de transporte terrestre automotor.
  • Vehículos destinados al transporte de alimentos y/o elementos perecederos, debidamente acreditados y vinculados a la actividad comercial.
  • Vehículos de carga.
  • Vehículos destinados a la prestación de servicios públicos.