Los propietarios de carros particulares, motos y taxis en la ciudad de Medellín desde hoy deben recalcular sus gastos mensuales, teniendo en cuenta el aumento en el precio del galón de gasolina autorizado por el Gobierno nacional desde este 1 de febrero.

Quienes se acerquen a las diferentes estaciones de gasolina deben tener en cuenta que el galón de este combustible subió $252 en la capital de Antioquia, es decir que ahora tiene un costo de $10.712.

El precio de los combustibles sigue afectando el bolsillo de los ciudadanos | Foto: Libre de derechos

De acuerdo con el aumento que se aplica desde este miércoles, Medellín tiene el séptimo precio más alto del galón en el país. El top es el siguiente:

  1. Villavicencio $10.873.
  1. Cali $10.813.
  1. Bogotá $10.773.
  1. Manizales $10.765.
  1. Pereira $10.756.
  1. Ibagué $10.720.
  1. Medellín $10.712.
  1. Montería $10.657.
  1. Bucaramanga $10.519.
  1. Barranquilla $10.449.
  1. Cartagena $10.407.
  1. Cúcuta $8.825.
  1. Cúcuta $8.825.

En el caso de los vehículos que requieren Diésel, para este mes de febrero de 2023 no se tiene incremento en el costo del galón, lo que indica que el precio del valor del galón de este combustible se pague a $9.372 en la ciudad de Medellín.

Prográmese: este es el pico y placa en Medellín para este miércoles

Para que el mes de febrero no empiece con incumplimientos a las normas de tránsito en la ciudad de Medellín y los demás municipios que hacen parte del Valle de Aburrá, debe tener en cuenta la aplicación del pico y placa para vehículos particulares, taxis y motos.

En el caso de este primer día del segundo mes del año 2023, no pueden circular los carros particulares con placas terminadas en los números 1 y 4 desde las 5:00 a. m. hasta las 8:00 p. m. en jornada continua.

La restricción incluye camperos, motocarros y cuatrimotos y se hará conforme con el último dígito de la placa | Foto: Cortesía Alcaldía de Medellín

La restricción incluye camperos, motocarros y cuatrimotos y se hará conforme con el último dígito de la placa. Para motos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos aplica con el primer número de la placa.

En Medellín y el Valle de Aburrá están exentos de la restricción los vehículos eléctricos, híbridos y a gas; y quienes incumplan la misma deben pagar una sanción de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes que se liquidan en UVT, correspondientes a $523.000 y la inmovilización del automotor.

Durante la semana la medida se aplica de la siguiente manera en el primer semestre del año:

Lunes: 6 y 9

Martes: 5 y 7

Miércoles: 1 y 4

Jueves: 8 y 0

Viernes: 3 y 2

Las siguientes vías están exentas de la restricción:

  • Sistema Vial del Río y Avenida 33 desde el Río hasta su conexión con Las Palmas.
  • Avenida Las Palmas.
  • La Iguaná.
  • Sistema Vial del Río: Autopista Sur, Avenida Regional y Avenida Regional Occidental (paralela).
  • Calzada Oriente - Occidente del Puente Horacio Toro, entre los lazos S-W y E-S que le permiten hacer el retorno Sur - Sur del Sistema Vial del Río para tomar.
La restricción de movilidad en Medellín y el valle de Aburra es para carros particulares, motos y taxis | Foto: Cortesía Alcaldía de Medellín

En el caso de los taxis, la variación aplica con base en el último dígito de la placa, con rotación cada dos semanas, entre las 6:00 a. m. y las 8:00 p. m., de lunes a viernes, según el decreto 0045 de 2023 expedido por la Alcaldía de Medellín. En este 1 de febrero la restricción corresponde al número 7.

La medida para este tipo de transporte no establece vías exentas y están autorizados para circular sin pasajeros el día de pico y placa, única y exclusivamente, para reparación o mantenimiento del vehículo. Para ello, el conductor debe instalar un aviso, con letra clara y tamaño visible, en la parte trasera del taxi, en el que se comunique que se dirige a estas actividades.

Los automotores que utilicen gas combustible en alguna de las tipologías establecidas por la Ley 2128 de 2021 estarán exentos y deberán contar con inscripción previa, con excepción de aquellos que usan este combustible de fábrica. Los vehículos eléctricos e híbridos están exentos, siempre y cuando el uso de este combustible esté registrado en la licencia de tránsito.