Son muchas las preguntas en torno a la decisión que anunció el presidente Iván Duque sobre la extensión del aislamiento preventivo hasta el 1 de septiembre, entre ellas qué se podrá hacer y qué no. 

De acuerdo con el decreto 1076 de 2020, en ningún municipio de moderada o alta afectación de covid-19 se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales: 1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social. Lea la nota completa aquí