La más reciente información que conoció el país en relación con Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, estuvo relacionada con la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que rechazó de tajo el sometimiento del excomandante paramilitar a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), al considerar que no hizo ningún aporte pleno a la verdad que demostrara que actuó como “bisagra” entre la Fuerza Pública y ese grupo armado ilegal.
Ahora se conoció que la Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección de Justicia Transicional, logró que la Sala de Control de Garantías de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla en el Atlántico impusiera medidas cautelares sobre tres bienes relacionados con este hombre excabecilla del Bloque Norte de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
De acuerdo con las investigaciones estas propiedades, ubicadas en Valledupar, habrían sido registradas a nombre de la esposa de Jorge 40 con el objetivo, supuestamente, de ocultar el patrimonio que habría sido adquirido de manera ilícita.
Los tres bienes sobre los cuales la Fiscalía General de la Nación logró estas medidas cautelares tienen un valor superior a los $ 5.000 millones, de acuerdo con lo expuesto en el expediente donde resaltan que dos de estos están ubicados en la zona urbana y uno más en la rural.
Estos son los inmuebles
Entre los inmuebles afectados con esta medida de la Fiscalía se encuentra la finca El Mamón, que tiene una extensión de 150 hectáreas. El predio está avaluado en más de $ 2.673 millones.
Según lo pudo demostrar la Fiscalía, y quedó acreditado en la condena contra Salvatore Mancuso Gómez y 11 postulados más, emitida por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, el 20 de noviembre de 2014, este lugar sirvió de centro de entrenamiento para las estructuras paramilitares que delinquieron en esa zona del país.
En cuanto a las otras propiedades cobijadas con la medida, se conoció que son de predios urbanos y su valor superan los $ 2.120 millones.
“La labor investigativa realizada por el Grupo de Persecución de Bienes de la Dirección de Justicia Transicional permitió establecer que los mencionados bienes, al parecer, fueron adquiridos con dineros producto de las actividades ilegales del Bloque Norte de las AUC”, indica la Fiscalía General de la Nación.
En este sentido, fueron afectados con medidas cautelares de embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo, y en los próximos días la Fiscalía entregará los inmuebles al Fondo para la Reparación a las Víctimas para su administración.
Corte Suprema no investigará al hijo de Jorge 40 por la financiación de su campaña para el Congreso en 2018
La Corte Suprema de Justicia le notificó al representante a la Cámara Jorge Rodrigo Tovar Vélez que no será investigado por la financiación de su campaña para las elecciones del 2018. En la decisión, el alto tribunal manifiesta que se inhibe de abrir cualquier tipo de proceso penal.
Sin embargo, en la decisión, la Corte compulsa de copias ante la fiscalía delegada ante la Corte Suprema de Justicia, para que se investigue un presunto delito de prevaricato por acción en este caso. Esto, teniendo en cuenta un concepto enviado en el marco de la investigación preliminar por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Tras conocer la decisión, Tovar celebró en su cuenta de Twitter: “Con calumnias y mentiras no podrán manchar mi nombre. Seguimos trabajando por las víctimas. Gracias a Dios. Un triunfo más”.
Tovar Vélez, quien obtuvo una de las curules por Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz en las elecciones de marzo de 2018, recibió recientemente la notificación del fallo del Consejo de Estado en el que se rechazaba la demanda de nulidad electoral y pérdida de investidura.
En la decisión tomada por la Sección Quinta, rechazaron las presentaciones de la demanda que cuestionaba el hecho de que Tovar fuera representante de las víctimas. Esto, puesto que su padre era el temido jefe paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, conocido con el alias de Jorge 40. Sin embargo, se concluyó: “Los reparos de ilegalidad elevados frente al acto de elección demandado no se demostraron, razón por la cual procede la negativa de las pretensiones”.
“La Sala se limita a señalar que se demostró que la elección del señor Jorge Rodrigo Tovar Vélez cumplió los requisitos constitucionales para el efecto, por lo que dicha circunstancia implica que no se puede predicar del mismo algún efecto nocivo en las categorías dispuestas por la norma. De otra parte, es claro que no se presentaron pruebas tendientes a demostrar cuáles fueron las consecuencias graves en punto del orden público, político, económico, social o ecológico”, explica la decisión.
El punto central del análisis de los magistrados fue si Jorge Tovar tenía la condición de víctima. Sin embargo, aclaran que en las demandas “no se aportaron elementos de convicción adicionales a las meras afirmaciones en tal sentido”.
En cambio, Tovar presentó cómo él estaba inscrito en el registro único de víctimas. En el pasado “fue desplazado de su lugar de habitación y domicilio en la ciudad de Valledupar” y, para demostrarlo, “acompañó los correspondientes soportes de las noticias criminales presentadas ante la Fiscalía General de la Nación, así como de las solicitudes elevadas a distintas autoridades militares y de policía”.
Las demandas aseguraban que él en efecto estaba en ese registro, pero que su parentesco con Jorge 40 y la posibilidad que tuvo de asistir a una universidad debían excluirlo de poder representar las víctimas. El Consejo de Estado aseguró que ninguna de esas dos condiciones le quita esa calidad y, por lo tanto, sí podía ser elegido en esa circunscripción.
El congresista fue elegido como nuevo representante a la Cámara por la circunscripción transitoria especial para la paz número 12. Sin embargo, se radicaron cuatro demandas y una tutela contra su elección como representante. La razón de estas son el pasado de su padre bajo la militancia paramilitar, lo cual generaría que su hijo no fuera una cara representativa a las víctimas.