Los crecientes índices de criminalidad y la propagación de estructuras delincuenciales son solo algunas de las problemáticas que enfrenta nuestra sociedad. Esto obliga al fortalecimiento de la política criminal y a la adopción de medidas efectivas para reducir los efectos de la criminalidad mediante el trabajo coordinado de organismos de inteligencia y seguridad.
La política criminal debe cumplir dos objetivos primordiales: un objetivo de política pública que provea medidas efectivas para resolver los problemas sociales asociados a la criminalidad, y un objetivo normativo que, en el marco del respeto de los derechos fundamentales, aplique consecuencias severas a los delincuentes, reduciendo así la impunidad.
No podemos desconocer que durante décadas el país ha sufrido una crisis carcelaria que impide el adecuado desarrollo de una verdadera política criminal. La Corte Constitucional ha decretado desde 1997 el estado de cosas inconstitucional del sistema carcelario, acompañado de autos de seguimiento y pronunciamientos de fondo, evidenciando violaciones constantes a los derechos fundamentales de los reclusos, cuyo denominador común es el alto índice de hacinamiento que no permite una vida digna.
Actualmente, los 126 establecimientos de reclusión del país tienen una población de 102,264 personas, con capacidad para 81,726, representando un hacinamiento del 25.1%. La situación más grave está en centros de detención transitoria, estaciones de policía y URI’S.
Este es un problema que deben asumir los entes territoriales encargados de los privados de la libertad en condición de sindicados. En el distrito de Cali, es urgente construir centros transitorios según la ley de seguridad ciudadana. Sin estas medidas, el problema del hacinamiento está lejos de ser solucionado, más aún con la posición del gobierno Nacional de no construir más establecimientos de reclusión.
Desde el Ministerio de Justicia, entregamos la construcción de 3,360 cupos carcelarios y dejamos en proceso obras para 9,000 cupos más. Enfatizamos en proveer más educación, salud e inversión social. Sin embargo, es necesario solucionar la crisis de cupos carcelarios dado que la criminalidad no se detiene.
Desde el ministerio, adelantamos programas para la resocialización de los privados de la libertad, vinculando a la empresa privada con el convencimiento de que brindar oportunidades a los reclusos, enseñándoles un oficio o un arte, evita la reincidencia.
Estos lineamientos de resocialización deben enfocarse en fortalecer la capacidad institucional del sistema penitenciario y carcelario. Garantizar el estándar constitucional del derecho a la resocialización con acciones en educación, trabajo, cultura y deporte. Promover programas de tratamiento penitenciario que mitiguen factores de riesgo de reincidencia y restablecer vínculos sociales.
Es necesario fortalecer el trabajo penitenciario, convirtiendo los establecimientos en industrias autosuficientes, ya que la falta de recursos dificulta estos programas. Cada recluso cuesta al país unos $3,500,000 mensuales. También hay que fortalecer las capacidades técnicas de los reclusos, armonizando y fortaleciendo sus competencias y habilidades.
Debería revisarse la posibilidad de que no existan patios privilegiados para servidores públicos condenados por actos de corrupción. El sistema de responsabilidad penal para adolescentes debe privilegiar la protección de los menores sobre aquellos que alcancen la mayoría de edad, lejos del entorno de los menores de edad.
Es crucial señalar que, en determinadas instancias, algunas prácticas, como la negativa o rechazo de casos menores por parte de fiscales, bajo directrices superiores para evitar un incremento en el hacinamiento, contribuyen directamente a la generación de impunidad. Esta dinámica, caracterizada por decisiones estratégicas con el objetivo de gestionar la capacidad de las instalaciones penitenciarias, crea un círculo vicioso que compromete la efectividad del sistema judicial y socava la búsqueda de justicia en niveles menores de delito. El equilibrio entre la gestión eficiente de casos y la prevención del hacinamiento debe considerar cuidadosamente las consecuencias de estas acciones sobre la impartición de justicia.