Una peligrosa presión se viene ejerciendo sobre la aplicación de la Ley 1448 de 2011, conocida como de Víctimas y Restitución de Tierras, a través de la cual se pretende devolver a miles de afectados los predios que les fueron despojados o tuvieron que abandonar por causa del conflicto armado en los últimos 25 años. A este dispendioso proceso, que exige un exhaustivo ejercicio de investigación y documentación, se le quiere acelerar sin valorar los riesgos que eso conlleva para las propias víctimas. Esa presión que vienen haciendo los voceros de varias organizaciones no gubernamentales se sustenta, a mi juicio, en un conjunto de falsas discusiones sobre el proceso de restitución de tierras que desconocen las complejidades del país; se olvidan que la aplicación de las normas requiere una profunda investigación y una recolección de pruebas que no se hace de la noche a la mañana, pues son los pilares de la sustentación de las demandas que se deben presentar ante los jueces especializados de tierras; no admiten que atender 77.833 solicitudes de restitución que se registran hasta el momento es una tarea dispendiosa que requiere equipos interdisciplinarios de profesionales que merecen buenos salarios, y no reconocen que parte del “trancón” se concentra en el sistema judicial, que debe tomarse su tiempo, como lo ha hecho, para decidir de manera justa y apegada a derecho. La primera falsa discusión que plantean las organizaciones no gubernamentales es que se deben derogar las normas que crearon la microfocalización, pues ello obstaculiza el proceso de restitución. En sus informes consideran que “es un trámite innecesario, ya que es el juez de tierras quien tiene la facultad legal de decidir la compensación con otra tierra o con dinero cuando no hay condiciones de seguridad para restituir el predio despojado”. La microfocalización es un mecanismo que depende del Ministerio de Defensa, a través del cual se busca garantizar la seguridad de los funcionarios que deben hacer el trabajo de campo para constatar las denuncias de los reclamantes y proteger a los campesinos ante un eventual retorno y permanencia en sus predios en el caso de que los jueces especializados de tierras fallen a su favor. Sin un concepto positivo del Ministerio, no se puede empezar ningún proceso. No se puede olvidar que la Ley 1448 de 2011 hace parte de un proceso de justicia transicional que en Colombia se aplica en medio de la guerra y es cierto que en algunas ocasiones el Ministerio de Defensa se ha equivocado en dar conceptos negativos sobre zonas donde no pasa nada y positivos donde sí hay dificultades. Por ello, antes que pedir la derogación de la microfocalización, lo que se debe plantear es la inclusión de otras entidades, como el Sistema de Alertas Tempranas (SAT) de la Defensoría del Pueblo, que tiene funcionarios en terreno que podrían aportar sus conceptos sobre la seguridad para valorar mejor las situaciones de riesgo. Frente a este tema, me asaltan varias dudas: ¿Qué tan responsable es pedir la derogación de la microfocalización en un país bajo los rigores de un conflicto armado que tiene múltiples actores y diversos intereses, tanto en las tierras como en las regiones, algunas de las cuales hacen parte de corredores estratégicos para fines ilegales?; ¿si no se pueden visitar esos predios para definir su extensión y sus límites, y establecer las circunstancias que generaron el despojo o el abandono de los predios, cómo podrá fallar un juez?; ¿y en poder de quien quedarían esos predios en caso de que un operador judicial reconozca que, efectivamente hubo despojo, pero por condiciones de inseguridad se les da a los reclamantes una compensación en tierra o en dinero? ¿No es acaso esa propuesta una manera de romper los tejidos sociales y desnaturalizar al reclamante? La segunda falsa discusión es plantear que los costos de restituir la tierra son más altos que el precio de los predios devueltos por los jueces a sus antiguos propietarios. Según esos cálculos, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, la rama judicial y el INCODER han invertido 836.719 millones de pesos entre enero del 2012 y marzo del 2015, “lo que contrasta con el valor comercial estimado de los predios restituidos que es de 263.304 millones de pesos”. La comparación de ambos valores llevó a la organización no gubernamental que hizo esa estimación a concluir que es “mucha plata y poca tierra”. Quienes hacen investigación rigurosa y seria en el país saben que esta labor requiere grandes recursos, por tanto alegar que en el tema de la restitución lo que ha habido es “mucha plata y poca tierra” desconocen la etapa administrativa de la restitución de tierras que adelantan grupos interdisciplinarios de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas que incluyen abogados, sociólogos y antropólogos, entre otros. Estos profesionales se enfrentan al análisis de crímenes sistemáticos, muchas veces en circunstancias adversas, para determinar si los reclamantes son realmente víctimas del despojo, para lo cual también se requiere una recolección de pruebas que sustenten la inclusión de las solicitudes en el registro de tierras despojadas. Y eso cuesta. Además, la tarea se hace más onerosa porque se requiere el concurso de otras instituciones del Estado que tienen la información, pero por razones burocráticas no la suministran con la debida celeridad, lo que afecta los tiempos de la sustentación de las demandas; y de otro lado, hay entidades estatales que están legislando sobre temas ambientales, minero-energéticos y de infraestructura que están afectado los procesos de restitución. Todo ello genera costos. El enfoque de análisis resumido en “mucha plata y poca tierra” deja más preguntas que respuestas: ¿Se quiere advertir con ello que podría existir un entramado burocrático en todo el sistema de restitución que lo hace ineficiente? ¿Hay derroche de recursos en los procesos de investigación, visitas a terreno y preparación de las demandas? Si tales son las dudas, no quedaron expresas en sus documentos. Me parece extraño que se cuestione ese asunto por parte de quienes se reclaman como investigadores y dirigen centros de investigación. Ellos deberían saber que un proceso de esta naturaleza no se puede adelantar con la rapidez que ellos exigen. De hacerse así, se corre el riesgo de ofrecer explicaciones superficiales de las causas del despojo y pruebas débiles que podrían llevar a los jueces especializados de tierras a actuar en contra de las víctimas de despojo. En últimas, las críticas mal fundamentadas acaban favoreciendo a quienes se beneficiaron de mala fe del despojo y el abandono, por ello me generan mucha suspicacia los pedidos de celeridad al proceso de restitución. Tanta impaciencia, por momentos, me parece sospechosa. En Twitter: @jdrestrepoe (*) Periodista y docente universitario