Los argumentos son los siguientes.El profesor Mockus no era representante legal al momento de firmarse el convenio entre Corpovisionarios y la Gobernación de Cundinamarca. Si bien aparece nombrado en el convenio, en sentencias del Consejo de Estado queda claro que un ejecutor de proyecto no se inhabilita, el que lo hace es el que firma el convenio. Un buen ejemplo de esto puede ser un convenio firmado por una universidad. El rector es el que firma, pero lo ejecuta un profesor o un grupo de ellos, aquí el que se inhabilita es el rector, no los docentes que intervinieron en su ejecución. Hay dos tipos de procesos que se llevan en el Consejo Nacional Electoral, uno es de revocatoria de inscripción y el otro se le llama revocatoria de la declaración de elección. Este último es una figura que no tiene precedente, no hay una línea jurisprudencial. Pero lo cierto es que hay una figura de “Bloque de Constitucionalidad”. Se refiere a normas y principios que no están en la Constitución Política y se incorporan a la línea constitucional por vías como los tratados internacionales en materia de derechos humanos. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha sido claro en que es un juez y no una autoridad administrativa la que podría revocar una elección. Es decir, el CNE no está facultado para declarar la revocatoria de una elección, eso le corresponde a un juez.Otro de los principios de análisis se refiere a que en materia de inhabilidades las normas hay que interpretarlas de forma restringida, en este caso donde hay una duda razonable, pues Mockus no firmó el convenio, no se puede declarar la inhabilidad.El Consejo de Estado ha sido claro en que la inhabilidad aplica para quien hubiera intervenido en la firma del convenio de forma directa, activa y personal. Esto no se ha comprobado en el caso de Mockus, lo que la ponencia de sentencia dice se basa en supuestos y conjeturas. No hay una sola prueba de que Mockus hubiese participado de forma directa en el lobby del proyecto. No se puede presumir que se intervino en el contrato, toca demostrarlo. Lo que busca este tipo de inhabilidades es que una persona no se aproveche de un contrato para que se haga elegir, o para potenciar su candidatura, bajo la idea de que esto causa una asimetría entre candidatos. Este no fue el caso de Mockus. Luego de profundizar en quiénes están detrás de los votos de Mockus se encontró que es el partido de la parapolítica Opción Ciudadana. En este partido se inscribió el hijo de Kiko Gómez, el exgobernador de La Guajira condenado por múltiples asesinatos. También se inscribió Daira Galvis, la esposa del parapolítico el Tuerto Gil y hasta herederos de la Gata. Ellos se quemaron en las elecciones de marzo de 2018. Por fin la ciudadanía los castigó. Ahora, mediante manipulaciones quieren volver al Congreso desapareciendo los votos de Mockus.
El abogado que lidera el tema se llama José Manuel Abuchaibe Escobar, quien representó a la exgobernadora de La Guajira y heredera de Kiko Gómez, Oneida Pinto. A continuación se puede ver la foto.
Luego, en la siguiente foto se ve a Abuchaibe con Yolima Carrillo, la actual presidenta del CNE, cercana a la estructura política de Kiko Gómez y Oneida Pinto. Esta foto se tomó el día en que Carrillo fue elegida en el CNE, Abuchaibe la llama “nuestra”. Lo que hay detrás de esto es una estructura política con comportamientos mafiosos.
Pero además, el ponente, magistrado Bernardo Franco, debe declarase impedido, pues la sentencia se conoció antes de su radicación y eso no se puede hacer, si se mantiene la línea del CNE, este señor debe declarase impedido. Se podría decir que el CNE es una estructura política elegida por todo tipo de políticos corruptos y cuestionados.