Ayer, desayunando con una amiga, me enteré de un caso singular: un hombre quería ser reconocido como perro dálmata. Me pareció algo peculiar, por lo que me puse a investigar. En efecto el hombre es real, se llama Tom Peters, tiene 32 años y vive en el Reino Unido. Su esposa, Rachel, lo dejó luego de conocer sus pretensiones, fue así como se divorciaron. Después de un tiempo, ella “recapacito”, convirtiéndose en su ama, por lo que actualmente cuida de él. Dice que está feliz, porque él es fiel a sí mismo (le encanta la idea de que él se haya declarado perro), y dice que están viviendo el mejor momento de su relación. El se porta como dálmata, come como dálmata, confiesa que ama jugar como perro y morder los juguetes de los niños tal como lo hacen los perros. Para los que quieran verlo, puede encontrarlo aquí. Le puede interesar: Proteger el ambiente o destruir empleos: ¿Cuál fórmula es mejor? Tom pretende convertirse en el primer humano reconocido jurídicamente como transespecie, mutando de hombre a perro. Busca este reconocimiento jurídico, pues considera es lo adecuado dada su condición. Otra cara de la moneda la vemos con Sandra, la orangutana que se convirtió en persona. Ella tiene 33 años, nació en Alemania en el zoológico de Rostock poco antes de que fuera tumbado el muro de Berlín. Desde 1995 vive en el zoológico de Buenos Aires, Argentina. Allí sus cuidadores notaron que ella no era feliz, por lo que había que hacer algo. Esto llevo a que la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA), representada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, que reclamara que Sandra debía dejar de ser considerada cosa u objeto, como lo dictaba el Código Civil y Comercial Argentino. La juez del caso, Elena Liberatori, haciendo honor a su apellido liberó a Sandra de su concepción de objeto, reconociéndola como sujeto de derecho, instando a que de manera inmediata el Zoológico de Buenos Aires le dé “las condiciones naturales de hábitat y las actividades necesarias para preservar sus habilidades cognitivas”. Posteriormente, un juzgado penal le concedió un recurso de Habeas Corpus (que no es otra cosa que la herramienta que tiene cualquier persona privada de la libertad para verificar la legalidad de su captura). El embrollo jurídico aun continua. Le sugerimos: Mermelada para Godzilla: el nuevo confite del Congreso Estos dos sucesos me hacen recordar el concepto de familia multiespecie, que se define como aquella que es integrada por seres humanos tradicionales y animales (pueden ser perros, gatos, cerdos, etc). Hace poco más de un mes en Medellín un comisario de familia determinó que el perro criollo de una pareja que recientemente se separó, debía pasar 7 días del mes con el dueño y 14 con la dueña. Las obligaciones alimenticias y médicas también fueron divididas. Se le dio al perro el mismo tratamiento que a cualquier niño, sólo que a este no se le preguntó, cómo suele hacerse en este tipo de diligencias, con quien debía quedarse. Entonces es cuando entramos al peligroso limbo jurídico de la humanización de los animales, y la animalización de los humanos. Todos queremos a nuestras mascotas, y muchos las consideramos miembros de nuestras familias. Agradecemos su amor, lealtad y compañía. Los privilegiados tienen colegio, paseador, spa los fines de semana y ropa de alta costura canina. Recuerdo a una amiga que incluso le compraba todos los días a su perro salsa boloñesa en un restaurante que quedaba frente a su casa, en pleno Manhattan, para que esta acompañara su purina, porque según ella “sólo así se comía todo”. Cada cual hace su felicidad como quiera, como le gusta, y esto debemos respetarlo. Eso hace parte de un concepto elemental como lo es el ser tolerantes, y dejar vivir a cada cual como mejor le parezca. Sin embargo, es claro que los animales son animales, así como los humanos siempre seremos humanos. Sandra la orangutana siempre será un animal, que al igual que cualquier otro debe ser tratado en condiciones dignas, pero no por eso dejará de ser un animal. Tom Peters aun cuando quiera ser perro siempre será humano, pues esto es lo que le ha dado la posibilidad de declarar públicamente su idea de ser un transespecie y el querer ser reconocido como tal. Vea también: Extinction Rebellion: la venganza de los milenial Nuestros ríos y selvas La reciente declaratoria del Río Cauca como sujeto de derechos, así como anteriormente del Amazonas y del río Atrato han despertado una enorme controversia en el mundo legal, empresarial y ambiental. Los empresarios creen que sus actividades relacionadas con los recursos naturales renovables y no renovables van a ser limitadas, lo ambientalistas en algunos casos creen que esta declaratoria era más que necesaria, y en el mundo jurídico los magistrados han querido mediante esta declaración dar una mayor protección a los ríos y selvas. La subjetividad jurídica (el ser sujeto de derechos), es un concepto que se ha elongado desde los esclavos (que eran considerados cosas), hasta las mujeres. Recientemente hace referencia a los animales como seres sintientes, así como a la naturaleza (ríos, selvas, etc). En las Constituciones de Ecuador y Bolivia, se reconocen los derechos de la madre Tierra, lo cual habilita al territorio en general cómo sujeto de derecho. Con relación a estos últimos (animales, ríos y selvas, así como el territorio), es claro que tienen derechos, pero no deberes, lo cual es exótico, pues todo ser que tenga personalidad jurídica, tiene deberes. Sólo en ese punto ya existe una enorme diferencia. La orden de descontaminación del río Bogotá hasta ahora si bien ha arrojado resultados, son escasos, pues si usted pasa cerca de él el olor y la turbulencia del agua se perciben igual. Los mismos ambientalistas que solicitaron por vía judicial la descontaminación del río reconocen que esto ha sido insuficiente, pues el implementar lo ordenado en la sentencia en el tiempo planeado es imposible. Puede leer: La guerra al aceite de palma En síntesis, la declaratoria de ríos y selvas como sujetos de derecho es un canto a la bandera. De hecho, pertenece al Soft Law (Derecho suave), por lo que sin reglamentación no tiene dientes. El alcance de la decisión todavía no se dimensiona, pues la declaratoria es confusa. La actual legislación, empezando por la Constitución de 91 (llamada por algunos la Constitución ecológica) desde siempre protege nuestra naturaleza. Si se hacen nuevos desarrollos jurídicos relacionados con el tema, deben ser más claros, menos etéreos, así como consecuentes con la realidad. El alcance de la declaratoria aun no es claro, para nadie. La Corte confunde cuando de un lado elimina la posibilidad de que las entidades territoriales regulen, prohíban o sancionen actividades relacionadas con los recursos naturales no renovables, pudiendo con ello proteger la naturaleza y de otro lado declara a ríos y selvas como sujetos de derecho, queriendo con ello aumentar su protección. En ocasiones, pareciera que la Corte está más confundida que Tom Peters.