Luego de que el Congreso de la República aprobara la ampliación del PAEF, el primer mandatario anunció que en este nuevo ciclo del programa se aplicarán nuevos beneficios a los usuarios.  Así las cosas, por cada mujer empleada, se entregará un 50% de un salario mínimo, en lugar del 40% planteado en un principio. De igual manera, según Duque Márquez, los sectores, turístico, gastronómico y de entretenimiento, que se han demorado más en reactivarse, recibirán un subsidio del 50% por cada trabajador empleado.  Lea también: Así será la Feria del Hogar en formato físico en Corferias “El Gobierno nacional está muy comprometido con el subsidio a la nómina de las empresas colombianas”, dijo el viceministro general de Hacienda, Juan Alberto Londoño. “Estamos concluyendo las últimas actualizaciones operativas al PAEF para incluir las novedades aprobadas por el Congreso y a partir de la tercera semana de noviembre los empleadores podrán presentar en una misma postulación la solicitud de apoyo a la nómina para esos tres meses y recibir el giro correspondiente en diciembre”, agregó.  De esta manera, durante el periodo de postulación que se habilitará en los próximos días, las empresas podrán radicar los documentos y un formulario por cada uno de los tres meses previstos, demostrando en cada caso el cumplimiento de los requisitos del programa.   Le puede interesar: Resguardo Indígena Provincial impide entrada de Cerrejón a su comunidad ¿Cómo se puede acceder al PAEF? De acuerdo con el Gobierno nacional, al Programa de Apoyo al Empleo Formal se pueden postular las personas jurídicas y naturales empleadoras, empresas sin ánimo de lucro, consorcios, uniones temporales, cooperativas de trabajo asociadas y patrimonios autónomos. Estas se deben presentar ante la entidad financiera en donde tengan su cuenta bancaria y llevar el formulario definido por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP y puesto a disposición de las entidades financieras para la postulación al PAEF, diligenciado y firmado por el representante legal del postulante, promotor o liquidador de la empresa en reestructuración o liquidación, o persona natural. Le recomendamos leer: CDC de EE. UU. actualizan recomendaciones sobre el uso de mascarillas Además, deberá tener la identificación del beneficiario que realiza la postulación al programa, así como de su legal cuando aplique; la intención de ser beneficiario del programa, y demostrar que no es una entidad con participación directa de la nación o entidad descentralizada sea mayor al 50% del capital.  Junto con la certificación firmada por el representante legal, promotor o liquidador de una empresa en reestructuración o en liquidación, la persona natural empleadora y el revisor fiscal o contador público en los casos en los que el postulante no esté obligado a tener revisor fiscal, en la que se certifique la disminución de ingresos, entre otros requisitos.