Desde antes de 2008, un afiliado a la Nueva EPS empezó a interponer acciones de tutela en las que solicitaba cremas cosméticas, rehabilitación oral, medicamentos e insumos no incluidos en el Plan de Beneficios.  Tanto insistió hasta que finalmente un juez le dio la razón y le ordenó a la compañía, suministrarle marcos para unas gafas Transition ordenadas por optometría de marca Antonio Banderas. Esto pese a que ya le habían entregado su fórmula con otro marco, que le ofrecía el mismo resultado para su afección visual. No contento con esto, este afiliado solicita, mediante tutela, cambio de gafas dos y tres veces al año, argumentando que ya no le sirven, aunque los profesionales prescriptores opinen lo contrario. Si bien quienes deben usar gafas tienen el derecho a utilizar la marca que más les gusta, no tiene sentido que con los recursos de la salud se financie ese gusto. Lamentablemente este no es un caso aislado y las tutelas exigiendo artículos o servicios que no son de salud tan solo a la Nueva EPS, que es la entidad promotora de salud con más afiliados del país, le cuesta $1.200 millones al año.

José Fernando Cardona Uribe, presidente de Nueva EPS, explica que se ven obligados a comprometer recursos que deberían ser destinados a servicios de salud, por cumplir con fallos judiciales, lo cual atenta contra los recursos presupuestados para generar una atención integral. Todos los días esta EPS tiene solicitudes para la entrega de insumos que no son de salud. Tan solo en de julio, recibió 476 acciones judiciales por elementos de aseo y cuidado personal (pañales y pañitos), soportes en casa (camas, colchonetas y cojines), cuidadores domiciliarios, hospedajes, alimentación, cosméticos, entre otros. “En línea con la normatividad y con nuestro deber como aseguradores, los recursos del Sistema deben ser usados exclusivamente para la prestación de servicios de salud, sin embargo, ante este tipo de decisiones nos vemos obligados a entregarlos, pues al no cumplirlas se vienen desacatos con órdenes de arresto, que a diario ponen tras las rejas a nuestros gerentes en todo el territorio nacional”, precisa. También bebidas energizantes Una tutela ‘exótica’ reciente en términos de los servicios exigidos es la de un afiliado en condición de discapacidad al que un deportólogo que no era de la EPS le sugirió practicar Boccia, un deporte con pelotas diseñado para personas con diversidad funcional. Para esto requería una silla de ruedas especial que le permitiera competir, el juego de bolas y bebidas energizantes. Todo este pedido le fue aceptado por un juez, el cual consideró que el deporte es un derecho económico, social y cultural y podía elevarse a la categoría de fundamental, ordenando a Nueva EPS el suministro de los insumos deportivos y la bebida hidratante al afiliado. Como el equipo no se consiguió en Colombia fue necesario importarlo desde Portugal, lo que encareció aún más su costo.

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Otro afiliado, un menor de edad con diagnóstico de sordera en su infancia temprana, al que la EPS le hizo un implante coclear, consiguió mediante tutela que la entidad de salud pagara por su educación especial, el transporte escolar, acompañamiento por tutor sombra e incluso las actividades extracurriculares. Según la EPS esta tutela no tuvo en cuenta que la Junta Médica de Especialistas había concluido que tras el implante el menor podía asistir a cualquier colegio. Estas tutelas que exigen servicios que no son de salud son un cáncer adicional para el sistema y abren el debate sobre cuál debe ser el límite de productos y servicios que se deben pagar con el presupuesto de la salud.