Tras pocos días de empezar a correr el calendario tributario para que las personas naturales presenten su declaración de renta, a través de las nuevas herramientas de la página web de la Dian, la plataforma presentó fallas desde el 9 de agosto y fue imposible para los contribuyentes hacer esta diligencia. Hasta el domingo en la noche la entidad señaló que la contingencia en los servicios informáticos se mantenía, pues aunque la plataforma ya estaba funcionando, se buscaba proteger a los contribuyentes que tenían vencimientos. Por ello, no se cobrarán multas a las personas con cédulas terminadas en 95 y 96, cuya fecha para declarar vencía el 9 de agosto y se dará un día adicional para cumplir con su obligación.
Cabe recordar que la fecha límite para realizar la declaración y ponerse al día con el pago del Impuesto sobre la Renta que se puede ocasionar va hasta el 17 de octubre, motivo por el que la Dian generó 775.937 declaraciones sugeridas a personas naturales. Estas son las fechas del calendario tributario: Hasta agosto
Hasta septiembre
Hasta octubre
Se debe tener en cuenta además que para declarar renta se debe cumplir con las siguientes condiciones: Patrimonio bruto igual o superior a 4.500 Unidades de Valor Tributario (UVT-) que corresponde a ($149.202.000) a 31 de diciembre de 2018. Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 Uvt ($46.418.000) durante el año 2018. Consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores a 1.400 Uvt ($46.418.000) durante el año 2018. Compras y consumos totales superiores a 1.400 Uvt ($46.418.000) durante el año 2018. Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, valor total acumulado iguales o superiores a 1.400 Uvt ($46.418.000) durante el año 2018. Responsable del IVA del Régimen Común, al cierre del año gravable 2018. Con el pago de este impuesto, la Dian espera recaudar más de $3,2 billones y superar los 2’900.000 del año 2018.