A partir de esta semana comenzó a regir en el país el Piso de Protección Social (PPS), un programa creado en el Plan de Desarrollo del gobierno de Iván Duque y reglamentado por el Decreto 1174 de 2020. Esta apuesta busca garantizar el acceso a seguridad social y amparo en la vejez para aquellas personas que reciban ingresos inferiores al salario mínimo mensual legal vigente ($908.526). El mecanismo será obligatorio para quienes cuenten con un contrato laboral, por prestación de servicios o ambos, y la suma de los ingresos por estos no supere el salario mínimo; cabe aclarar que estos contratos deben ser por jornadas parciales, pues en ningún caso se puede contratar jornada completa por menos del mínimo. Asimismo, el PPS aplica para los trabajadores sin ningún vínculo laboral o contractual, cuyos ingresos sean inferiores al mínimo. Esto incluye a los productores del sector agropecuario, y que decidan hacer los aportes de forma voluntaria. Las personas que cumplan con estos requisitos contarán con acceso a salud en el régimen subsidiado, al programa de ahorro para pensiones por medio de los Beneficios Económicos Periódicos (Beps) y a un seguro inclusivo que hace las veces de ARL para cubrir los riesgos laborales.
Para los empleados, los empleadores deberán aportar el 15% de los ingresos de cada trabajador, recursos que irán a una cuenta en los Beps. En ningún caso, este 15% se puede descontar de lo que recibe el empleado. De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, estos ahorros sumados a los aportes de la Nación se convertirán en semanas cotizadas para tener un amparo durante la vejez. Pero, ¿por qué ha sido tan polémica esta nueva apuesta del Gobierno? Si bien los pequeños y medianos empresarios ven con optimismo la implementación de este programa, puesto que facilita el contrato por tiempo y tareas que se requieran, entre las centrales obreras la propuesta no ha sido tan acogida. De acuerdo con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), el Piso de Protección Social es una reforma laboral disfrazada. Según afirman los sindicatos, este programa incentiva el trabajo por horas y afecta la calidad del empleo, por ello solicitan la derogación de este decreto. De igual forma, temen que los empleadores opten por cambiar los contratos de jornada completa a contratos por tiempo parcial o por horas, ya que esto les significaría ahorros en sus responsabilidades. Esto se debe a que tendrían que asumir únicamente el 15% de los ingresos en lugar del 12% para pensiones, el 8,5% para salud, el 0,5% para riesgos laborales y el 4% para caja de compensación que pagan actualmente.
Además, dicen, el régimen de salud subsidiada no contempla pagos por licencia de maternidad, paternidad o cualquier tipo de incapacidad, y los Beps les quitan a los trabajadores la posibilidad de acceder a una pensión. El Gobierno ha respondido a estas inquietudes, aquí le aclaramos ciertos puntos: El PPS no es una reforma laboral puesto que no se están creando nuevas modalidades de contratación y se respetan las condiciones vigentes. Por lo tanto, no posibilita o incentiva la contratación por horas. Tampoco es una reforma pensional, el mecanismo busca que las personas con ingresos menores al salario mínimo puedan ahorrar para la vejez. Si hacen el tránsito hacia la formalidad, pueden cotizar sin problema al sistema pensional. El decreto no modifica las condiciones laborales de los trabajadores de tiempo completo; asimismo, esta afiliación será solo para empleados nuevos, pues no hay posibilidades de trasladar al nuevo sistema a un empleado actual. Finalmente, este programa tampoco cambia la normatividad vigente sobre las prestaciones sociales. Solo crea un nuevo mecanismo para que otros trabajadores puedan acceder a la seguridad social aunque devenguen menos del mínimo. La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) estará cargo de la fiscalización de los empleadores, mientras que Colpensiones realizará la implementación de este programa.
Se espera que este mecanismo beneficie a 9 millones de colombianos, de los cuales cerca de dos millones deberán afiliarse de forma obligatoria y otros siete de forma voluntaria.