SEMANA: La Corte Constitucional acaba de tumbar la norma que permitía realizar mutilaciones en los seres sintientes. ¿Qué precedente marca esto para la lucha por los derechos de los animales en el país?
Andrea Padilla (A. P.): Con esta decisión, la Corte Constitucional profundiza la jurisprudencia en materia de protección animal, y reitera que la sintiencia es la fuente de esta protección. Es decir, que los animales deben ser protegidos del dolor y el sufrimiento innecesarios y evitables. Para el Congreso es una invitación a seguir legislando en este sentido, y para la sociedad en su conjunto es la ratificación de que se está gestando un cambio cultural hacia el respeto de la vida animal.
SEMANA: Las mutilaciones en perros y gatos han sido comunes para que estos animales sigan los supuestos estándares de la raza. ¿Qué pasará ahora cuando un tenedor o veterinario quiera hacerle cambios al cuerpo de los seres sintientes para seguir esos parámetros?
A. P.: Una vez quede en firme la sentencia, ninguna persona, centro veterinario o establecimiento de servicios para animales podrá ofrecer o hacer intervenciones que alteren la integridad física de un animal por meras razones estéticas. Si una persona sabe de alguien o de un lugar donde se hagan mutilaciones por motivaciones estéticas, debería denunciarlo. Las únicas intervenciones permitidas, en adelante, serán las que propendan por el bienestar de los animales o en las que medien razones técnicas, científicas o zooprofilácticas. Lo aconsejable siempre será consultar a un médico veterinario con tarjeta y registro profesional vigente.
SEMANA: ¿Qué consecuencias tendrá ahora un veterinario o tenedor que fomente las mutilaciones?
A. P.: Se enfrentará a investigaciones y a posibles sanciones. Si la mutilación (por ejemplo: corte de orejas o de cola, desungulación o extirpación de cuerdas vocales) no le causa la muerte al animal ni lesiones gravísimas, el proceso sería de tipo policivo y podría enfrentar sanciones de multa de 5 a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Si la consecuencia fuera la muerte del animal o daños gravísimos colaterales, la sanción podría ser de multas más altas, además de la prohibición de tenencia de animales y del ejercicio de profesión u oficio relacionado con el manejo de animales. Lamentablemente no habría cárcel, dado que en la Ley 1774, que es la norma actual, el delito contra los animales es excarcelable. Y es justamente debido a la levedad de las sanciones vigentes y a la falta de sanciones alternativas que estamos buscando actualizar la ley, a través del proyecto de Ley Ángel.
SEMANA: Está pendiente el tercer debate del proyecto de Ley Ángel. ¿Qué llamado le hace usted a la Comisión Primera de la Cámara sobre este articulado?
A. P.: Que se sintonice con la sociedad. El proyecto de Ley Ángel recoge un sentimiento creciente de respeto a los animales y de indignación por los malos tratos y las violencias que, a menudo, algunas personas ejercen sobre ellos. En consecuencia, con este proyecto buscamos actualizar las normas penales y policivas que sancionan las conductas contrarias a la protección animal y a la sana convivencia. El Congreso debe seguir profundizando su comprensión de respeto y protección de la vida, empezando por los grupos poblacionales más frágiles y vulnerables, de los que hacen parte los animales. No buscamos nada estrambótico, sencillamente, que el Estado proteja eficazmente a los animales.
SEMANA: Como autora del proyecto y defensora de los animales, ¿ve riesgo de que este proyecto por los derechos de los animales termine siendo engavetado?
A. P.: Todo lo contrario, tiene buen consenso. Muestra de ello es que fue aprobado por unanimidad, tanto en la comisión primera como en la plenaria del Senado. Ahora, confiamos en que los representantes a la Cámara comprendan la importancia de este proyecto que, sin duda, recoge un buen sentimiento creciente de los colombianos: la empatía.