Luego de la solicitud que hizo la Procuraduría, de suspender inmediatamente el contrato para la construcción de la Ciudadela Educativa y del Cuidado en Suba, que la exalcaldesa de Bogotá, Claudia López, dejó firmado para intervenir los predios destinados para la ALO Norte, el Distrito acogió la petición del Ministerio Público y suspendió el contrato.
La decisión se tomó conjuntamente entre la Empresa de Renovación Urbana y la Constructora Las Galias, que fue la seleccionada como la desarrolladora del megaproyecto inmobiliario.
RenoBo y la Constructora Las Galias S.A.S. consideraron conveniente aplicar la cláusula vigesimotercera del contrato de Colaboración Empresarial N.° 430 de 2023 que indica que “este podrá suspenderse voluntariamente mediante la aplicación de las modalidades suspensivas”, informó el Distrito.
De acuerdo con la Empresa de Renovación Urbana, la suspensión se realizará por un término de seis meses.
“RenoBo agradece a la Constructora Las Galias S.A.S. su voluntad permanente para lograr el mejor acuerdo posible para la ciudad”, dijo la entidad.
Y puntualizó que “esta administración continuará realizando las valoraciones necesarias de este proyecto, en procura de salvaguardar el patrimonio público y los intereses de la ciudadanía”.
Es de recordar que la Procuraduría General de la Nación le pidió al Distrito que suspendiera dicho contrato, luego de determinar que existen circunstancias que podrían poner en riesgo la ejecución del proyecto ‘Ciudadela Educativa y del Cuidado’.
En la comunicación, el Ministerio Público revela que, durante la inspección disciplinaria que adelantó el pasado 15 de enero de la presente anualidad, recaudó elementos de juicio que advierten vacíos en la definición de temas clave para el exitoso y adecuado desarrollo del proyecto, así como falencias en la distribución de competencias y la aplicación del principio de coordinación entre entidades públicas que permita solucionar oportunamente posibles controversias, entre otras.
El ente de control señaló que “los negocios jurídicos de las entidades estatales deben estar diseñados, pensados y planeados acorde con la necesidad que se busca satisfacer y no puede haber lugar a la improvisación (…)”, pues es necesario evitar situaciones contrarias al ordenamiento jurídico en los procesos de selección que impacten la ejecución, el valor o el plazo.
Asimismo, aseguró que “la ligereza en la planeación de los negocios contractuales menoscaba el interés general”, razón por la cual antes de celebrar el negocio jurídico se exige a la entidad contratante prever, asegurar y/o solucionar circunstancias de cualquier orden, que tengan incidencia en la ejecución para evitar tropiezos y dilaciones que puedan poner en riesgo los recursos públicos.
La procuradora tercera delegada para la contratación estatal afirma en su misiva que durante la visita a RenoBo le llamaron la atención las condiciones suspensivas, resolutorias y el plazo extintivo.
Y agrega que existen situaciones imperiosas de definir y precisar para precaver litigios y posibles demandas al Distrito que frenen el proyecto, como casualmente sucedió con el mismo contratista en el caso del proyecto de San Bernardo.
Finalmente, el Ministerio Público precisa que no se opone a las políticas de la administración distrital para la construcción y adecuación de obras de urbanismo, infraestructura, transporte público o proyectos de vivienda; sin embargo, como garante del interés general, hace un llamado para que se evalúe si en las condiciones expuestas es oportuno y posible ejecutar el citado proyecto.