La Justicia empezó a dar los primeros resultados frente a las tutelas que presentaron algunos dirigentes inconformes con las decisiones del Consejo Nacional Electoral, que dejó sin piso algunas candidaturas porque se consideró que los candidatos estaban inhabilitados para aspirar a alcaldías y gobernaciones.
SEMANA conoció que uno de los primeros casos lo profirió el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que decidió este 2 de octubre de 2023 negar la solicitud que había presentado el senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, quien buscaba la suspensión del acto administrativo (Resolución 11177 del 27 de septiembre de 2023), donde el Consejo Nacional Electoral tumbó la candidatura a la gobernación del Valle del Cauca del reconocido empresario Tulio Gómez. Él firmó un contrato con la Alcaldía de Cali que lo inhabilitó.
Motoa, el único senador de Cambio Radical que respalda a Gómez en ese departamento, intentó recusar a algunos magistrados del CNE y dejar sin piso dicha decisión, pero no lo consiguió.
De acuerdo con el magistrado Ramiro Ignacio Dueñas, se negó la medida provisional solicitada por Motoa “porque la resolución del CNE alude exclusivamente al señor Tulio Alberto Gómez Giraldo y no a quien funge como accionante en el expediente en referencia”.
En otras palabras, para el tribunal, “el señor Motoa carece de legitimación en efectos para efectos de solicitar y obtener la suspensión provisional de la resolución del Consejo Nacional Electoral”.
Y añadió: “No se advierte que el decreto de la medida provisional solicitada resulte necesario y/o urgente para proteger los derechos fundamentales que se señalan como vulnerados en la presente solicitud de amparo”.
Otro de los casos donde el Consejo Nacional Electoral ganó un primer pulso fue en el de la candidata a la alcaldía de Santa Marta, Carmen Patricia Caicedo, hermana del hoy gobernador de Magdalena, Carlos Caicedo.
SEMANA conoció que el magistrado del Tribunal Superior de Santa Marta, Carlos Alberto Quant Arévalo, admitió una tutela presentada en contra del CNE, la Registraduría Nacional y la Registraduría de Santa Marta, por parte de por parte de Rafael Felipe Trujillo Arias, quien pidió dejar sin efecto y suspender de inmediato el numeral 3 del comunicado del 8 de septiembre de 2023, a través del cual se limita el plazo para realizar modificaciones en los tarjetones electorales derivados de las revocatorias de inscripción de candidatos.
Aunque el magistrado Arévalo admitió la solicitud de tutela, negó la medida provisional.
SEMANA conoció que, aunque Caicedo, un gobernante cercano al presidente Gustavo Petro, no ha escondido su molestia con la decisión y, al parecer, sus líderes han intentado defender la aspiración de su hermana, el Consejo Nacional Electoral basó la motivación de la revocatoria de la candidatura, entre otros argumentos, en un concepto que le remitió directamente la Procuraduría General de la Nación.
El oficio lo emitieron las procuradurías Cuarta y Once Judicial II Administrativa de Bogotá, el 18 de septiembre de 2023.
En él dejan claro que, después de analizar el caso concreto y la relación de familiaridad que existe entre la candidata a la Alcaldía y el gobernador en ejercicio, “es claro que la inhabilidad por parentesco se orienta a la búsqueda de importantes propósitos relacionados con el equilibrio en los procesos electorales y la evitación del nepotismo”, se lee en el documento.
Por eso, la Procuradora 11 Judicial, Magda Romero, y la procuradora 4 Judicial, Diana Amézquita, concluyeron “que se considera configurada la existencia de una inhabilidad en cabeza de la aspirante a la Alcaldía de Santa Marta, la señora Carmen Caicedo, con ocasión de su vínculo de consanguinidad con el señor Carlos Eduardo Caicedo, hoy gobernador de Magdalena”.
Mientras los candidatos intentan chapalear y defender sus candidaturas ante la justicia, cada vez se acerca la fecha de las elecciones regionales.