Carmen Patricia Caicedo, hermana del gobernador de Magdalena y candidata a la Alcaldía de Santa Marta, le acaba de ganar un nuevo pulso al Consejo Nacional Electoral.
SEMANA conoció que el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta falló en su favor una tutela que instauró el ciudadano Jorge Agudelo, quien pidió a la justicia devolverle los derechos políticos a la mujer después de que el CNE dejara sin piso su aspiración a la alcaldía por considerar que estaba inhabilitada porque es hermana del hoy gobernador de Magdalena, Carlos Caicedo.
El juzgado admitió la coadyuvancia a la tutela y le ordenó a la Registraduría Nacional que acate, en todas sus decisiones y procedimientos, la Convención Americana de Derechos Humanos y las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de derechos políticos.
En consecuencia, según el fallo, “ordena al señor René Alberto Fuentes Ortega, registrador especial de la Registraduría de Santa Marta, que en el plazo perentorio de 12 horas y de manera provisional, mientras se resuelve el trámite de la presente tutela, “implemente medidas positivas para garantizar la participación y el derecho a la oportunidad del partido político Fuerza Ciudadana y su candidato en las elecciones del 29 de octubre para el cargo de alcalde de Santa Marta”, se lee en la providencia.
Según el fallo, “deberá - la Registraduría- autorizar la inscripción del candidato del Partido Fuerza Ciudadana, asegurando que se reconozca su representación en todos los procesos y materiales electorales, garantizando su participación en igualdad de condiciones que los demás candidatos”-
Además, pide remitir la decisión judicial al Registrador Nacional del Estado Civil y a sus delegados en Santa Marta para que adopte las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento efectivo de la medida provisional.
SEMANA conoció que, aunque Caicedo, un gobernante cercano al presidente Gustavo Petro, no ha escondido su molestia con la decisión del Consejo Nacional Electoral y, al parecer, sus líderes han intentado defender la aspiración de su hermana, el tribunal electoral basó la motivación de la revocatoria de la candidatura, entre otros argumentos, en un concepto que le remitió directamente la Procuraduría General de la Nación.
El oficio lo emitieron las procuradurías Cuarta y Once Judicial II Administrativa de Bogotá, el 18 de septiembre de 2023.
En él dejan claro que, después de analizar el caso concreto y la relación de familiaridad que existe entre la candidata a la Alcaldía y el gobernador en ejercicio, “es claro que la inhabilidad por parentesco se orienta a la búsqueda de importantes propósitos relacionados con el equilibrio en los procesos electorales y la evitación del nepotismo”, se lee en el documento.
En tal sentido —agrega el organismo disciplinario—, la Corte Constitucional ha reconocido que “la interdicción a las dinastías electorales familiares —propósito de la inhabilidad por parentesco—, es una forma de asegurar la igualdad real y efectiva entre los diferentes aspirantes a ocupar cargos de elección popular”.
Igualmente, la Corte ha señalado que este tipo de inhabilidades “pretenden establecer una situación de paridad respecto de las condiciones de ejercicio de la actividad política, sin desconocer, desde luego, las diferencias que existen entre los distintos cargos de elección popular”, destacando además, “que el peligro del nepotismo y del uso de las influencias y poder familiar, se predican tanto de las elecciones de congresistas como de concejales y alcaldes municipales”.
Por eso, la Procuradora 11 Judicial, Magda Romero, y la procuradora 4 Judicial, Diana Amézquita, concluyeron “que se considera configurada la existencia de una inhabilidad en cabeza de la aspirante a la Alcaldía de Santa Marta, la señora Carmen Caicedo, con ocasión de su vínculo de consanguinidad con el señor Carlos Eduardo Caicedo, hoy gobernador de Magdalena”.
Sin embargo, la decisión de un juez, así sea provisional, tiene peso en materia judicial y deberá acatarse.