Senadores y representantes del Pacto Histórico radicaron este martes, ante la secretaría de la Cámara, el polémico proyecto de ley con el que pretenden otorgar amnistía e indulto a los miembros de la primera línea y otros manifestantes que se encuentran detenidos por conductas cometidas en el marco de la protesta social.

“Por una sola vez, el Gobierno nacional podrá conceder el beneficio de indulto a las personas que hayan sido condenadas por delitos políticos y conexos por hechos que se hayan dado con ocasión y/o en relación directa e indirecta con la protesta social”, señala la iniciativa.

Cuando se habla de indulto, se hace referencia al perdón de las penas para personas que hayan sido condenadas en virtud de una sentencia que se encuentren en firme. Es decir, la persona podrá quedar en libertad al perdonarse la pena.

La otra medida que contempla la ley es la amnistía para personas detenidas en el marco de las protestas. Este beneficio aplica para “personas investigadas o procesadas” por presuntos delitos cometidos durante las manifestaciones.

Estos beneficios jurídicos, según la ley colombiana, aplican únicamente para conductas relacionadas con el delito político, como la rebelión, pero no para graves faltas como el secuestro u otra privación grave de la libertad, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, el terrorismo, el concierto para delinquir agravado y la administración de recursos relacionados con actividades terroristas.

Sin embargo, el proyecto radicado este martes contiene una ‘perla’ que otorga beneficios a quienes estén procesados por estos delitos y no puedan ser indultados ni amnistiados.

De acuerdo con la iniciativa, “las personas que estén siendo procesadas por estos delitos por hechos que se hayan dado con ocasión o relación directa e indirecta con la protesta social en el marco del paro nacional desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021, podrán solicitar la sustitución de la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento de reclusión por la de residencia que señale el imputado, bajo la condición de que esa ubicación no obstaculice el juzgamiento”.

Es decir, miembros de la primera línea y otros manifestantes que estén procesados por terrorismo o concierto para delinquir podrán pedir casa por cárcel.

Esta disposición tendría un impacto directo en algunos de los miembros de la primera línea, pues muchos de ellos han sido detenidos y condenados por delitos relacionados con el terrorismo y el concierto para delinquir.

Así ocurrió, por ejemplo, el 15 de julio de este año, cuando un juez envió a prisión a cinco miembros de esta organización por los delitos de concierto para delinquir, terrorismo, tortura, secuestro simple, amenazas, hurto simple, daño en bien ajeno, perturbación en transporte público y lesiones personales.

El proyecto es claro en señalar que estos beneficios judiciales -tanto la amnistía y el indulto como la casa por cárcel- para los miembros de la primera línea y otros manifestantes solo comprenden a quienes fueron detenidos en actos relacionados con la protesta social “entre el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021″.

Cabe aclarar que, según sus autores, este proyecto sólo estará vigente hasta el 31 de marzo de 2023, es decir que las amnistías e indultos tendrían que otorgarse antes de esa fecha.

El proyecto es de autoría de los senadores Gustavo Bolívar, Robertd Daza y Sandra Jaimes, y los representantes Pedro Suárez Vacca, Andrés Cancimance, Alfredo Mondragón, Alirio Uribe y Jorge Alberto Tejada.