El exgobernador de Magdalena, Carlos Caicedo, y Fuerza Ciudadana, su partido político, le acaban de ganar una lucha al Consejo Nacional Electoral porque el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta le ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil inscribir a Jorge Agudelo Apreza como candidato a la Alcaldía de esa ciudad, en reemplazo de Patricia Caicedo, hermana del exmandatario regional.
La decisión se produjo a menos de seis días de las elecciones regionales.
Caicedo pretendió inicialmente que su hermana, Patricia Caicedo, se inscribiera como candidata a la Alcaldía, pero el CNE consideró que existía una inhabilitada porque su familiar era el entonces gobernador del Magdalena. Por eso, el partido cambió de competidor: Jorge Luis Agudelo Apreza.
Aunque, inicialmente, los tiempos jugaron en su contra, el juez Carlos Alberto Villalba ordenó tutelar los derechos políticos a elegir y ser elegido en su dimensión de oportunidad al ciudadano Javier José Yepes, coadyuvada por el aspirante, José Agudelo Apreza.
“Se ordena a la Registraduría Nacional del Estado Civil acatar, en todas sus decisiones y procedimientos, la Convención Americana de Derechos Humanos y las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de derechos políticos”, se lee en la sentencia.
En consecuencia, “se ordena al señor René Alberto Fuentes, Registrador de Magdalena, “mantener y seguir implementando medidas positivas que garanticen la participación y el derecho a la oportunidad del Partido Político Fuerza Ciudadana y su candidato en las elecciones del 29 de octubre de 2023 para el cargo de Alcalde Santa Marta”.
Para ello, según el juez, deberá mantener la inscripción del candidato del Partido Fuerza Ciudadana, asegurando que se reconozca su representación en todos los procesos y materiales electorales, garantizando su participación en igualdad de condiciones que los otros candidatos.
Además, solicitan la colaboración a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral para efectos de publicar en su página web el sentido de la decisión de la presente providencia para que cualquier interesado pueda intervenir dentro de la presente actuación.
Y pide remitir una copia de la presente decisión al Ministerio de Justicia para que, si lo considera pertinente, integre este documento al informe que el Estado Colombiano debe presentar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, conforme al fallo de Gustavo Petro Urrego vs. Estado colombiano.
El juez, en su jurisprudencia, además dijo “que en la fiesta de la democracia, todas las voces políticas merecen ser escuchadas. No es papel de las autoridades administrativas decidir quién baila o silenciar alguna melodía, sino del pueblo, que en las urnas y bajo el ritmo de reglas claras y justas, decidirá cuál baila mejor”, expresó.
Curiosamente, el fallo del Juzgado Cuarto Laboral de Santa Marta se conoció este lunes 23 de octubre, pero en la sentencia se lee 24. Se desconoce si el juez pretendía revelarlo este martes o, si al contrario, la sentencia terminó filtrada a una de las partes interesadas en el proceso.
La decisión es en primera instancia. Aunque tendrá que surtir una segunda etapa, la Registraduría tendrá que contar los votos de Jorge Agudelo Apreza.