La Comisión de Hacienda del Concejo de Bogotá aprobó en primer debate el proyecto de acuerdo presentado por la administración de la alcaldesa Claudia López para modificar el estatuto de obras de valorización en la ciudad.
El proyecto ahora pasará a segundo debate en la plenaria del Concejo y, de aprobarse, pasaría a sanción de la alcaldesa López. El secretario de Gobierno, José David Riveros, destacó el visto bueno de la Comisión de Hacienda y agradeció a los concejales ponentes.
Así mismo, el funcionario destacó cuáles son los principales cambios: “El proyecto lo que permite es que tengamos una mejor planeación porque vamos a tener estudios y diseños definitivos antes de contratar la obra. Vamos a cobrar después o con un 50 % de la obra y vamos a tener un descuento a los hogares que se vean más afectados por tener el frente de obra al frente de la casa”.
La propuesta, de acuerdo con el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), recoge la experiencia de más de tres décadas en el desarrollo de obras de Valorización y lo más reciente que ha ocurrido con el Acuerdo 724 de 2018. Los cambios planteados van desde los requisitos en diseños y autorizaciones por parte de las empresas de servicios públicos, antes de ser presentados para aprobación, hasta la forma de recaudar, que incluye además un esquema para devoluciones y descuentos para los contribuyentes.
¿Cómo se realizaría el cobro?
Ya no se cobrarían las obras antes de ser construidas. El cobro se realizaría durante su desarrollo, siempre y cuando el porcentaje de ejecución física sea de mínimo el 50 %, debidamente certificado por el interventor, o después de terminada toda la construcción y cuente con el acta de recibo de obra.
Esto también aplicaría para los procesos de cobro persuasivo y coactivo a contribuyentes que presenten mora y solo podrán iniciarse en los momentos antes mencionados.
Se reflejaría, además, en que el contribuyente verá más pronto el efecto de la valorización en su predio. A diferencia del estatuto anterior, un contribuyente hacía el pago hasta dos o cinco años antes de iniciar la obra, lo que se traduce en que solo hasta que se finalizara, podría verse reflejado esto en la valorización a su predio.
En materia de planeación
Es este tal vez uno de los principales cambios. Todos los proyectos para financiar por medio de la contribución de valorización deben contar con estudios y diseños definitivos debidamente aprobados, incluyendo las autorizaciones de las empresas de servicios públicos para aquellos que lo requieran, antes de ser presentados ante el Concejo de Bogotá para su aprobación.
Además, las obras, para ser financiadas mediante estos acuerdos, deben estar contenidas expresamente en los Planes de Desarrollo Distrital o Plan de Ordenamiento Territorial. Los recursos para su financiación deben estar incluidos en el marco fiscal de la administración vigente del momento.
Habrá descuentos
Se incorporará un descuento para las contribuciones de aquellos predios de comercio que estén localizados directamente en los frentes de obra. El descuento podrá ser hasta de 10 %. Estas deducciones podrán acumularse con descuentos por pronto pago.
Nuevo esquema de devoluciones
Habría devoluciones de los recursos no ejecutados en la etapa de construcción, por declaratoria de caducidad de los contratos de obra y/o terminación anormal de los mismos. Sería a través del IDU o por medio de la Secretaría Distrital de Hacienda que podrá aplicar un descuento en el impuesto predial a favor de las y los contribuyentes.
Sobre el Acuerdo 724 de 2018 (las más recientes obras de valorización aprobadas en 2018), sería posible devolver los recursos resultantes de los proyectos cuyos contratos hayan sido o puedan llegar a ser objeto de terminación por declaratoria de caducidad o terminación anormal del contrato estatal.