Este jueves –23 de febrero– el Consejo Nacional Electoral se reunió de manera extraordinaria para que la Sala Plena resolviera el asunto relacionado con la personería jurídica de la Liga de Gobernantes Anticorrupción.
Aunque ya el tema había sido discutido en varias y extensas sesiones, los magistrados decidieron reunirse de manera extraordinaria para terminar con ese tema y dejar en claro que la personería jurídica es viable, pero si se cumplen ciertos requisitos y en un período de tiempo determinado.
Por esa razón se tomó la decisión de registrar los estatutos, la plataforma ideológica y programática de la Liga de Gobernantes Anticorrupción en el Registro Único de Partidos y movimientos políticos para los trámites pertinentes, aunque aclarando que se deben cumplir algunos requisitos.
“Ordenar al Partido Liga Gobernantes Anticorrupción (Liga) a realizar la Convención Nacional dentro de los siguientes tres (3) meses contados a partir de la notificación del presente Acto Administrativo, conforme dispone el parágrafo 1 del artículo 19 de los Estatutos de la colectividad, convención en la cual deberá ajustar las cláusulas estatutarias de conformidad con la Constitución Política y la Ley, en particular de conformidad con los principios rectores del artículo 107 Superior”, dice el documento del CNE.
Dicha Convención Nacional también deberá cumplir con unos requisitos que quedaron plasmados en el documento:
- La duración del período de quien se desempeñe como presidente fundador o la modificación de dicha figura.
- La expedición de reglas claras respecto del otorgamiento y denegación de avales a candidatos en el marco de cualquiera de los comicios electorales, incluyendo el respeto de las normas relacionadas con la cuota de género.
- La forma en que serán elegidos los miembros del Comité Directivo y el período de duración de desempeño de tales dignidades, observando para ello el principio democrático de participación bajo el cual se estructura el Sistema de Partidos.
- El órgano que habrá de designar al secretario general y al revisor fiscal.
Un punto clave dentro del pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral es que se deberá garantizar la participación de la representante a la Cámara Marelen Castillo en dicha reunión y con los derechos de postulación, voz y voto.
“Garantizar a la ciudadana Marelen Castillo Torres, a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, la participación e intervención en todas las decisiones que comprometan los atributos, deberes, derechos y obligaciones que se derivan de la personería jurídica”, dice el artículo tercero del documento del CNE.
En la Sala Plena también se rechazó la solicitud de escisión que se había presentado y se otorgó la personería jurídica al abogado Juan Pablo Lozada, quien obrará como apoderado de Marelen Castillo.
“Acumular la solicitud de impugnación de las decisiones adoptadas durante los días 14 y 15 de julio del año 2022 en el marco de la Asamblea Fundacional del partido Liga Gobernantes Anticorrupción (Liga), así como de la reunión de designaciones de directivos, radicada con el No. CNE-E-DG-2022-024920, a la actuación que se surte dentro del radicado n.° CNE-E-DG-2022-017968, de conformidad con lo expuesto en las consideraciones del presente proveído”.
Otro artículo indica además que se decidió “rechazar de plano la solicitud de impugnación de las decisiones adoptadas durante los días 14 y 15 de julio del año 2022 en el marco de la Asamblea Fundacional del partido Liga, así como de la reunión de designaciones de directivos presentada por la ciudadana Marelen Castillo Torres mediante apoderado”.
El Tribunal Superior de Bogotá le pidió al CNE todo el proceso contra Rodolfo Hernández y su partido político tras admitir una tutela de Marelen Castillo
La educadora, quien hoy sigue en el Congreso y ejerciendo un papel de oposición al Gobierno, le envió una solicitud hace más de tres meses al tribunal electoral donde pidió, entre otras, que se eche para abajo la resolución donde se le da vida a la Liga de Gobernantes Anticorrupción porque se presentaron presuntas irregularidades.
Como el Consejo Nacional Electoral no había definido el tema, SEMANA conoció que los abogados de Castillo, Pedro Felipe Gutiérrez y Juan Pablo Lozada, presentaron una acción de tutela contra el Consejo Nacional Electoral “por violación fundamental al debido proceso y petición”.
Pidieron que se tutelara el derecho al debido proceso en el trámite que adelanta el CNE respecto de la impugnación de las decisiones adoptadas el 14 y 15 de julio de 2022, en la asamblea fundacional del partido, “porque se desconocieron las reglas que regulan los procesos administrativos, restringiendo las oportunidades procesales para el ejercicio de defensa y contradicción de Marelen Castillo”, se lee en la tutela.
Además, solicitaron que vía tutela se ordene al Consejo Nacional Electoral “se pronuncie sobre la solicitud (de Castillo) mediante auto que admita, inadmita o la rechace, teniendo en consideración que han transcurrido 3 meses desde cuando se radicó y a la fecha no hay alguna decisión”, se lee en el oficio conocido por esta revista.
SEMANA conoció en primicia que el Tribunal Superior de Bogotá ordenó esta semana admitir la tutela para estudio, pero además, le otorgó al Consejo Nacional Electoral un día para que remita, mediante correo electrónico, todas las actuaciones adelantadas en la investigación que adelantan frente a la Liga de Gobernantes Anticorrupción.
Marelen Castillo quiere que le definan en qué situación política está actualmente ella, teniendo en cuenta que no tiene partido político, no hace parte –al menos en los estatutos– de la Liga de Gobernantes Anticorrupción, pero sí es congresista, hace oposición y quiere jugar en las elecciones regionales de octubre de 2023.