SEMANA conoció un proyecto de decreto del Ministerio de Agricultura en el que buscan agilizar el trámite de compra de tierras por reforma agraria. El documento tiene como objetivo que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) “impulse, dé celeridad y simplifique los procesos y los procedimientos para la adquisición de predios en suelo rural”.

En primer lugar, el precio será fijado por el avalúo comercial que se contrate con las personas naturales o jurídicas que vendan el predio. Se hará una visita técnica cuando no se pueda constatar la aptitud de la tierra.

Luego de recibir una oferta, la ANT tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para ofertar al postulante “que la adquisición de la totalidad del inmueble o una parte de este se realice sobre un avalúo de referencia vigente, informando inmediatamente el precio aplicable a la transacción económica”.

El director de la Agencia Nacional de Tierras, Juan Felipe Harman, y el presidente Gustavo Petro en entrega de predios para la reforma agraria. | Foto: Cortesía ANT

En los siguientes diez días, la propuesta podrá ser aceptada o rechazada, con posibilidad de plantear alternativas.

Y la ANT tendrá nuevos poderes que podrá usar para tener conocimiento de transacciones con predios y de esa forma poder intervenir, con el fin de que se los vendan de forma prioritaria.

En primer lugar, en los primeros cinco días hábiles de cada mes, la entidad requerirá a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera “para que remitan información completa sobre predios rurales que hayan recibido o reciban a título de dación en pago por la liquidación de créditos hipotecarios u otros negocios jurídicos, o que hubieren adquirido mediante sentencia judicial”.

Estos podrán manifestar voluntad de venta y la ANT dispondrá de hasta dos meses para ejercer el “derecho de opción privilegiada de adquirirlos”.

Además, los notarios de los municipios priorizados por el Ministerio de Agricultura como núcleos territoriales para la reforma agraria, así como los vendedores de predios, deberán informarle a la ANT sobre las promesas de compraventa que establezcan “la enajenación de predios rurales con una extensión superior a dos (2) UAF, Unidades Agrícolas Familiares”.

De esa forma, la agencia podrá ejercer la opción privilegiada de compra de predios aptos para la reforma agraria.

“La implementación de esta medida se realizará con el apoyo de la Superintendencia de Notariado y Registro de manera progresiva dentro de los próximos 5 años, estableciendo mecanismos expeditos que permitan a la Agencia Nacional de Tierras recibir la información oportuna sobre los proyectos de enajenación de predios rurales que cumplan con las condiciones señaladas”, se lee en el proyecto de decreto.

Sede principal Agencia Nacional de Tierras en el CAN en Bogotá. | Foto: Guillermo Torres Reina

Incluso, el decreto ordena que se garantice gratuidad de productos cartográficos, entre otros elementos de información, a la ANT, con el fin de reducir costos para la iniciativa.

Por otro lado, la Superintendencia de Notariado y Registro “tendrá unidades móviles para hacer jornadas especiales de registro relacionadas con la Reforma Agraria, Reforma Rural Integral, formalización, saneamiento rural y jurisdicción agraria, con prioridad para la atención a población en situación de desplazamiento y campesina”.

El decreto del Gobierno Petro se encuentra abierto a comentarios hasta el 9 de octubre de 2024, fecha en la que se recogerán los comentarios ciudadanos.