Cuando se genera un proceso de separación al interior de un hogar, es decir, que el padre y la madre deciden ponerle punto final a su relación sentimental, pero ambos son responsables del sostenimiento de uno o varios hijos, es importante que se establezca una cuota alimentaria para garantizar el desarrollo integral de los menores de edad.

Este es un tema que puede acordarse, ya sea por medio de una conciliación entre los padres o en un proceso judicial tras el divorcio de la pareja. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la cuota alimentaria es una obligación de ley, por lo que en el país se encuentran establecidos unos mecanismos y procedimientos para salvaguardar los derechos de los niños y adolescentes, cuando el padre o la madre no cumplen con la entrega mensual del dinero establecido para la manutención de los mismos.

Al momento de la separación, el padre y la madre deben definir el monto de la cuota alimentaria o debe decidirse mediante un proceso judicial.

El incumplimiento en el pago de la cuota implica un delito, tipificado en el artículo 233 del Código Penal, y puede dar lugar a pena de cárcel que va desde los 16 hasta los 54 meses de prisión, así como multa de entre 13,33 y 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

No obstante, el Gobierno nacional radicó este lunes un proyecto de ley que desató toda una polémica, pues elimina de tajo la existencia de este delito, lo que podría ser tomado como un premio para los padres irresponsables.

El proyecto, con el que se busca humanizar la política criminal y penitenciaria, ha generado controversia en el país por varios de los puntos propuestos, pero sin duda uno de los que más rechazo ha provocado es el de la eliminación de este delito.

José Jaime Uscátegui, representante del Centro Democrático, lanzó la alerta. | Foto: PRENSA JOSE JAIME USCÁTEGUI

“Se elimina el delito de inasistencia alimentaria sin definir algún otro mecanismo para sancionar a los padres que no responden económicamente por sus hijos”, explicó el representante del Centro Democrático, José Jaime Uscátegui, quien hizo la denuncia.

Si bien está claro que el proyecto lo que busca es descongestionar las cárceles donde hay detenidos acusados de delitos menores, eliminar el delito de inasistencia alimentaria, según algunos expertos, podría afectar directamente los derechos de los niños.

Incesto

Otro de los elementos que también ha causado polémica de esta iniciativa es la eliminación del delito de incesto. Esta práctica se refiere a las relaciones sexuales que sostienen individuos muy próximos por consanguinidad, es decir que tienen parentesco biológico o consanguíneo.

Actualmente, el Código Penal castiga a aquel “que realice acceso carnal u otro acto sexual con un ascendiente, descendiente, adoptante o adoptivo, o con un hermano o hermana, incurrirá en prisión de 16 a 72 meses”.

Néstor Iván Osuna, ministro de Justicia y de Derecho. | Foto: Guillermo Torres Reina

En ese sentido, la propuesta del Ministerio de Justicia dice que “el bien jurídico cuya protección se pretende proteger es la familia o, dicho de otro modo, la idea de una familia conformada con arreglo de las normas jurídicas y siguiendo la idea de una moralidad pública que recoge el derecho”.

Por tal motivo, explica que la idea de familia que defiende este tipo penal es doble. Por un lado, pretende que quienes ya son familia no puedan relacionarse de manera sexual. Por otro, que quienes van a conformar una familia o van a adentrarse en relaciones sexosentimentales, no sean parientes.

“Así se protege no solo la familia actual, sino la conformación de una familia potencial y a los potenciales descendientes de esa unión. Esta aversión social pretende evitar que hermanos, padres e hijos, abuelos y nietos, etc., realicen actos de naturaleza sexual, así sean voluntarios y se trate de dos adultos con capacidad para consentir. Esto es una expresión del concepto de tabú, definido este como una práctica que genera rechazo social y que no debe ser realizado, discutido, ni debe realizarse una asociación con él”, agrega.

Por esto, la cartera de Justicia asegura que “cabe preguntarse si el derecho penal es la mejor manera de lograr desincentivar esa práctica y transmitir el mensaje de que ese tipo de comportamientos no gozan con la aceptación social. En sus comienzos, el derecho penal estaba íntimamente atado al concepto de tabú, de tal manera que todo lo que resultaba rechazado por la sociedad o la tribu se convertía en un crimen y debía ser penado”.