El gobierno del presidente Gustavo Petro tomó la polémica decisión de quitarle los honores al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, quien fue condenado a 35 años de prisión por su responsabilidad en la desaparición de un grupo de civiles en la retoma del Palacio de Justicia en 1985.
SEMANA habló con el abogado constitucionalista Juan Manuel Charry, quien considera que luego de revisar el decreto carece de constitucionalidad. “La Constitución establece que los grados, los honores y la pensión de los militares no se puede desconocer sino mediante una regulación legal que establezca en qué casos y el procedimiento”, aseguró.
Según Charry, el decreto invoca una serie de normas, la mayoría reglamentarias –y algunas legales– que no establecen de manera expresa cómo se quita la condecoración ni los procedimientos. “Faltaría el requisito de una ley que establezca las condiciones y los procedimientos para quitar la condecoración y en ese orden de ideas sería obligatorio de la Constitución”, agregó el abogado.
Charry afirmó que ese decreto invoca normas de naturaleza reglamentaria y leyes que se aplicaban antes de la Constitución de 1991, por lo que no tendrían validez en el presente. “No hay una claridad contundente que es una norma clara que lo establezca y acude a decretos que se dictaron en distintos momentos que sí lo establecen. Pero esos decretos con la Constitución del 91 no tienen la aplicación, porque lo que exige la Constitución es que sea la ley la que regule la supresión o la pérdida de la condecoración”, aclaró.
En ese sentido, dice que lo que debió hacer el Gobierno fue tramitar una ley a través del Congreso para que desde el Ejecutivo se puedan tomar este tipo de decisiones sobre un militar. Sin embargo, considera que si eso se lograra aprobar, no tendría por qué ser retroactiva.
“Me parece que el Gobierno actuó sustentado en normas que ya no son aplicables, normas reglamentarias aplicadas antes del 91, que con la expedición de la Constitución dejan de ser aplicables”, reiteró Charry.
El abogado dice que otro de los puntos por los que podría ser inconstitucional es porque los decretos deben ir firmados por el presidente de la República y el ministro del ramo, en este caso, el de Justicia, Néstor Osuna –que fue quien firmó– y el de Defensa, Iván Velásquez.
“Uno diría que el ramo en principio es un tema militar, una condecoración, y podría llegar a pensar que es un tema de justicia, porque es un militar condenado penalmente. Digamos que si el presidente firmara el decreto con un ministro que no es del ramo, el decreto tendría una irregularidad y podría ser nulo”, dijo Charry.
En ese caso, asegura que la firma del ministro de Justicia es discutible, mientras que Velásquez se declaró impedido. “Lo que correspondía era buscarle un reemplazo al funcionario despedido que podía ser el mismo ministro de Justicia, para que todo quedara en orden”, aseguró el abogado.
Dijo que en su opinión ese detalle de la firma puede llegar a ser “un efecto menor” que tenga una “zona gris de discusión” que pueda llegar a generar la nulidad, pero que debe ser un tema que se debe aclarar y resolver.
De todas maneras, Charry considera que el general (r) Arias todavía tiene una alternativa. “El general podría demandar el decreto por violación a la Constitución”, aseguró.
La decisión del Gobierno generó bastante polémica, especialmente porque mientras se tomaba la decisión de quitarle las condecoraciones, se realizaba desde el Gobierno un homenaje al antiguo grupo guerrillero del M-19 desde el Ministerio de Cultura, que precisamente también hace parte de esa historia porque fue el que se encargó de realizar la toma al Palacio de Justicia.