La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate el proyecto de ley de ‘Cárceles productivas’, una iniciativa que ha generado una aguda discusión por los beneficios que trae para los presos.
La iniciativa establece que la Nación y las entidades territoriales deberán crear programas de cárceles productivas para que las personas privadas de la libertad elaboren, confeccionen y produzcan bienes comerciales, alimentos, artesanías, productos agrícolas, musicales y audiovisuales, entre otros.
El senador Gustavo Moreno, autor del proyecto de ley, explicó en detalle la iniciativa que además otorgaría unos beneficios a empresas que contraten a los presos.
SEMANA: Avanza en el Congreso el proyecto de ley denominado cárceles productivas. ¿En qué consiste?
GUSTAVO MORENO: En nuestras visitas e investigaciones en las cárceles, identificamos que el principal problema de la tragedia carcelaria es que en Colombia no hay procesos de resocialización y rehabilitación efectivos por múltiples razones. Una de ellas, una clara falta de voluntad política y administrativa, falta de presupuesto, de apoyo e insumos a los funcionarios y por supuesto la permanente estigmatización que sufre la población privada de la libertad y los pospenados. Cuando un sistema no cumple con la resocialización y la rehabilitación como objetivos principales de la pena, entonces surgen frases que expresan una realidad: “las cárceles son universidades del delito”. Esa es una frase que hemos oído una y otra vez, pero que lamentablemente hace parte de nuestra realidad y lo confirman los índices de reincidencia delictiva.
SEMANA: Entonces qué busca el proyecto...
G.M.: Este proyecto quiere precisamente que nuestro sistema penitenciario se vuelva productivo y se garanticen procesos de resocialización efectivos en el que la empresa, organizaciones privadas y entidades públicas, entren a los establecimientos de reclusión a producir y así les den la oportunidad a los privados de la libertad de hacer de su proceso de resocialización, un proceso más digno y efectivo. El proyecto crea una política de productividad penitenciaria, un programa de cárceles productivas y establece unos incentivos tributarios y administrativos para estimular la participación del sector privado en los programas.
SEMANA: ¿Las empresas privadas podrán contratar personas privadas de la libertad?
G.M.: Sí, queremos que las empresas produzcan al interior de las cárceles y que contraten a los privados de la libertad. La ley 65 que se expidió hace 30 años ya contemplaba esta posibilidad. Nuestro proyecto entra a reiterar y complementar la importancia del trabajo y de la productividad en los procesos de resocialización y rehabilitación penitenciaria.
SEMANA: ¿Qué beneficios tendrían las personas privadas de la libertad con el proyecto de cárceles productivas?
G.M.: Tienen derecho a su salario como lo prevé la Constitución Política que en términos de remuneración por trabajo como derecho fundamental, no distingue entre privado de la libertad y persona en condición de libertad. Además, tienen derecho a redimir su pena con el trabajo que ejecuten en desarrollo de los programas de cárceles productivas y ese trabajo se considerará como experiencia laboral para todos los efectos legales aplicables. Sin embargo, el mayor beneficio no es económico, sino es de orden social y es que con la productividad penitenciaria gana la sociedad, gana el Estado y gana la familia del privado de la libertad que podrá, una vez cumpla su pena, ser productivo y optar por otras formas de vida distintas a las de la criminalidad.
SEMANA: ¿Qué beneficios obtendrían las empresas que empleen a personas privadas de la libertad?
G.M.: Establecimos un paquete de incentivos y beneficios tributarios y administrativos para enganchar al sector privado en este propósito: 1. Un descuento equivalente al 50% de la renovación de la matrícula mercantil. 2. Un descuento del 25 % en el valor de los trámites administrativos ante las entidades del orden nacional y le sugerimos a los Concejos y Asambleas aprobar lo propio en sus territorios. 3. Un descuento equivalente al valor de los salarios pagados para efectos del impuesto de renta y un 25 % de descuento por las inversiones que hagan en el marco del programa de cárceles productivas. 4. El reconocimiento del sello de segundas oportunidades previsto en la Ley 2208 de 2.022 y 5. Reiteramos que los productos que se confeccionen, elaboren o produzcan al interior de los establecimientos de reclusión queden excluidos del IVA tal como lo logramos en el artículo 94 de la reforma tributaria de este Gobierno (Ley 2277 de 2022).