¿Qué opinión le merece el proyecto de ley que se está tramitando en el Congreso y que regularía la eutanasia en Colombia?
Creo que en 25 es el proyecto de ley más completo y ambicioso que como sociedad hemos discutido. Los proyectos de ley sobre este tema siempre se hunden. En los últimos 25 años se han presentado varios. El último dato que tenemos es de 9 iniciativas diferentes. Hemos tenido un recorrido legislativo que va desde Piedad Córdoba en el Partido Liberal en los años noventa, pasando por Gina Parody, Germán Vargas Lleras y los recientes esfuerzos del exrepresentante Juan Fernando Reyes Kuri y, actualmente, el congresista Juan Carlos Losada.
¿Por qué dice que es el más completo?
Porque nos permite como sociedad dar una discusión seria sobre la muerte médicamente asistida. De acuerdo con las últimas cifras de Invamer en la encuesta Colombia Opina, las discusiones sobre la muerte digna y médicamente asistida gozan de favorabilidad en la opinión pública superior al 70 por ciento. Es un buen momento para dar esta conversación.
El proyecto habla de muerte médicamente asistida y usted ha solicitado que se incluya el suicidio médicamente asistido. ¿Cuál es la diferencia entre estas dos situaciones?
No hay diferencias. Es como una sombrilla, que es la muerte médicamente asistida, y dentro de esta sombrilla hay dos mecanismos: el de la eutanasia y el del suicidio médicamente asistido. En el primero de estos mecanismos es el profesional de la medicina el que causa la muerte, es decir, la persona acude a una institución médica o el médico va a la casa y este profesional la administran el medicamento que causa la muerte. En la eutanasia la muerte es causada por un tercero.
¿Y el suicidio médicamente asistido?
En este caso ese tercero le entrega los medicamente a la persona, por supuesto de una manera protegida, segura y es la misma persona la que se los toma. Es decir, la persona causa su muerte. La única diferencia entre uno y otro es quién causa la muerte: en el caso de la eutanasia es el médico y en el suicidio médicamente asistido es la misma persona, pero con el acompañamiento del sistema de salud.
Según las cifras de su oficina de abogados, ¿cuántas personas han solicitado el acompañamiento en estos procesos?
Desde el 2015 y con corte al 31 de agosto de este año tenemos 316 procedimientos reportados. En ese periodo el número se ha multiplicado. En el 2015 se reportaron 4 casos y en el 2022, 93. Esto responde a un mayor conocimiento de las acciones para morir dignamente. En todo caso está lejos de ser masivo. Se hacen cerca de 8 procedimientos al mes en todo el país. Esto se hace principalmente en Bogotá y Medellín, donde se concentran cerca del 80 por ciento.
Y sin ley, ¿cómo se hace para desarrollar estos procedimientos?
Las personas solicitan el procedimiento en los centros médicos donde los atienden. Los médicos que atienden a cada persona tienen un día para llevar el caso a un comité, el cual tiene diez días hábiles para aprobar o negar el procedimiento. La solicitud, en principio, debe durar unos once días. A veces dura más o a veces menos, pero en principio ese es el plazo. Normalmente las personas reciben la solicitud, pero hay veces en las que no y entonces tienen que acudir a la tutela. El centro médico lo que hace es que revisa si cumple con los requisitos y si lo hace, se autoriza el procedimiento. Y hay casos en que no.
¿Y qué habría que hacer para incluir el suicidio médicamente asistido en el proyecto de ley sobre eutanasia que se está tramitando en el Congreso?
El ajuste es supremamente sencillo de hacer, lo que pasa es que en la sociedad colombiana es mucho más fácil hablar de eutanasia, que es un concepto difícil y con estigmas, pero al que nos hemos acostumbrado, que de suicidio médicamente asistido, con el que no pasa lo mismo. Este mecanismo acarrea estigmas adicionales difíciles de abordar y tramitar socialmente. Es una conversación que todavía estamos pendientes de tener.
¿Qué requisitos tendría que cumplir una persona para acceder a este mecanismo?
No todas las personas van a poder acceder, porque no cumplen con los requisitos. Si yo, por ejemplo, tengo depresión, estoy en un momento de crisis y tengo ideas suicidas, la muerte médicamente asistida no es para mí, sino acceder a servicios de salud mental. Habrá otros casos en los que sí: yo tengo una esquizofrenia, por ejemplo, y he vivido con ella durante 40 años, me he hecho todos los tratamientos posibles y médicamente no funcionan y quiero poner fin a mi vida. Probablemente cumplo con los requisitos. O tengo Alzheimer y tengo un diagnóstico temprano y no quiero esperar a que mi vida se deteriore. También podría hacerlo.
Existe otra modalidad y es cuando las familias deciden desconectar a una persona, pero el médico o la clínica se opone. ¿De qué se trata y cómo debería se regulado?
Esto se llama técnicamente la adecuación del esfuerzo terapéutico, que hace parte del derecho a morir dignamente. Es la posibilidad de rechazar tratamientos o procedimientos que en algún momento de la vida se consideran innecesarios o desproporcionados. Estas decisiones suceden todos los días, particularmente con personas que están en cuidados intensivos, por ejemplo. Sin embargo, las personas carecen de mecanismos para lograr una respuesta efectiva.
¿Qué significa esto?
Que esto se define o decide de manera más o menos informal dentro de los entornos hospitalarios y hay veces que las solicitudes se tramitan, pero también es posible que haya un médico o una clínica que no lo hagan. El reto aquí y frente al proyecto de ley es que así como las personas hacen la solicitud para la muerte médicamente asistida con unos tiempos estipulados, también se aplique a la adecuación al esfuerzo terapéutico.