SEMANA conoció el documento completo de la decisión del Tribunal Superior de Bogotá de negar en segunda instancia la preclusión del proceso en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno y fraude procesal. Del documento salen los argumentos del magistrado Carlos Andrés Guzmán Díaz, que expuso en la audiencia del pasado viernes.

Es un documento de 269 páginas que contienen todos los eventos e intervenciones que hacen parte de la investigación que remitió la Fiscalía General de la Nación para argumentar la preclusión.

Uno de los últimos apartes habla sobre la “imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia” del exmandatario. De acuerdo con el documento, esta causal “es procedente cuando el órgano de persecución penal demuestra que, a pesar de haber realizado una investigación profunda”. De esta forma, recuerdan que el ente acusador aseguró que no fue posible reunir los elementos demostrativos sobre la materialidad o la autoría y responsabilidad del investigado”.

“Así mismo, la imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia no solo debe recaer en la valoración de los elementos de convicción con los que cuenta el ente acusador. La Fiscalía está en la obligación de establecer si existe viabilidad de recaudar otros elementos materiales probatorios y evidencia física para que pueda apartarse de las inseguridades que tiene frente al caso, circunstancia para la cual no es suficiente mencionar, simplemente, que la investigación alcanzó su límite máximo en lo racional”, agrega el documento.

Magistrado Carlos Andrés Guzmán. | Foto: SEMANA

En otras palabras, el fallo asegura que la Fiscalía “no tiene ni está en posibilidad de obtener más elementos de convicción que despejen la duda en uno u otro sentido, carga que le asiste esencialmente al solicitante y no al juez de conocimiento o al tribunal”.

Además, se plantea que si bien la Fiscalía hizo una valoración probatoria para solicitar la preclusión, en vista a la atipicidad del hecho investigado, también podría hacerlo para desvirtuar la presunción de inocencia.

“El único reparo que la Fiscalía ofreció, frente a la causal de preclusión bajo examen, es que, para el solicitante, ‘se agotaron todos los medios y la información útil y razonable para ser tenida en cuenta en la investigación’, razonamiento que no resulta suficiente, desde el punto de vista argumentativo, para acceder a la solicitud de preclusión”, se lee en el texto.

El Tribunal hizo referencia a ciertas actividades investigativas que habrían podido servir para “superar las incertidumbres que aún subsisten”.

“Es decir, los esfuerzos orientados a establecer la que realmente ocurrió resultan razonables y realizables. Este Tribunal ya lo había explicado, justo a propósito de este mismo caso, con ocasión de una tutela interpuesta: la finalidad esencial de un proceso penal en un Estado Social de Derecho es obtener la verdad”, se lee en el documento conocido por SEMANA.

De esta forma, el tribunal asegura que los vacíos probatorios no permiten llegar al nivel de conocimiento necesario para revocar la decisión de primera instancia y otorgar la preclusión.

Álvaro Uribe. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Por primera vez en la historia del país, piden enviar a juicio a un expresidente, al rechazar el recurso de apelación que interpuso la Fiscalía General de la Nación frente a la decisión en primera instancia.

El expresidente Álvaro Uribe Vélez estuvo presente sólo al inicio de la lectura del fallo en su contra. Al confirmar su asistencia, pidió permiso para retirarse. Sin embargo, en su cuenta de X, el líder del Centro Democrático reconoció que los magistrados que presentaron su decisión no se manifestaron “con odio político”.

“Estoy en desacuerdo con el Tribunal, pero reconozco que los magistrados no se manifestaron con odio político”, indicó el exmandatario colombiano en sus redes sociales.