SEMANA conoció un contrato que fue firmado en los últimos días por el Gobierno, concretamente por el Ministerio del Interior, con las organizaciones indígenas representadas en la Onic (Organización Nacional Indígena de Colombia).
Uno de los hechos que más llama la atención es el objeto del convenio. “Aunar esfuerzos entre el Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías y la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC, con el fin de fortalecer los saberes políticos, culturales y espirituales de los pueblos y organizaciones indígenas que hacen parte de la Mesa Permanente de Concertación - MPC, por medio de actividades y procesos de fortalecimiento tanto para los delegados como para las diferentes organizaciones de base en pro de un adecuado proceso de diálogo de Gobierno a Gobierno”.
Entre las funciones de la Onic para el cumplimiento del convenio, además de atender varios requerimientos y presentar informes, se detalla que deberán “asistir y participar en los Comités, reuniones, talleres, juntas y demás eventos que le indique el supervisor y se relacionen con el objeto del convenio”, reza el documento.
Asimismo, algunas de sus funciones específicas son: “Aportar en especie su conocimiento social, cultural, ancestral, teniendo en cuenta el enfoque diferencial pertinente y la experiencia que se tiene en el tema, para contribuir al desarrollo del presente convenio”.
Por otro lado, deberán realizar reuniones de acertamiento con las mesas regionales de concertación que durarán cuatro días cada una. “La confirmación del lugar de las reuniones dependerá del momento en el cual se confirme la suscripción del convenio y la realización de las convocatorias, puesto que factores como la situación climática o incluso el conflicto armado pueden determinar la decisión sobre el lugar”, dice el convenio.
Señala que al terminar estas reuniones, el Onic deberá entregar un documento que evidencie la realización de las reuniones el cual deberá estar soportado con un informe detallado, un registro fotográfico y un listado de asistencia.
Uno de los hechos que más llama la atención es el alto valor del convenio, que fue firmado por 25.000 millones de pesos el cual se hará en tres pagos: dos de 10 mil millones y otro de 5 mil millones. Todo el contrato se efectuará en 191 días.
El convenio fue firmado a la víspera de la Ley de Garantías que empezó a regir desde el pasado jueves 29 de junio. La ley restringe la contratación pública cuatro meses antes de las elecciones, que se llevarán a cabo el 29 de octubre.
Esta norma busca garantizar la igualdad de condiciones en los procesos electorales para cargos de elección popular, evitando el uso irregular de los recursos del Estado en las campañas o falta de garantías mediante restricciones.
Algunas de las restricciones que contempla la ley son que se prohíbe “la celebración de convenios y contratos interadministrativos que impliquen la ejecución de recursos públicos y la modificación de la nómina del respectivo ente territorial o entidad estatal dentro de los cuatro meses anteriores a la respectiva jornada de votación”.
Además, señala que no se podrán celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos, ni participar, promover y destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, como tampoco de las que participen como miembros de sus juntas directivas, en o para reuniones de carácter proselitista.
Y tampoco se podrán inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos a gobernaciones departamentales, asambleas departamentales, alcaldías y concejos municipales o distritales. Así como llevarlos a cabo cuando participen voceros de los candidatos.
Asimismo, no se podrá utilizar inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular. Tampoco podrán hacerlo cuando participen voceros de los candidatos.
Igualmente, no se podrá modificar la nómina del respectivo ente territorial o entidad, “salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa, es decir, en caso de nombramientos en período de prueba de quienes hayan sido seleccionados en los concursos de méritos adelantados por la Comisión Nacional del Servicio”, dice la ley.