En medio de todos los problemas que vive Colombia en materia de seguridad y la expansión de las disidencias de Iván Mordisco por varias regiones del país, el ministro de Defensa, Iván Velásquez, acudirá al Congreso de la República para radicar un acto legislativo que buscará cambiar el nombre de la Fuerza Aérea Colombiana.
Por esa razón, Velásquez presentará personalmente el acto legislativo que, si se aprueba en su totalidad, cambiaría el nombre de la FAC por el de “Fuerza Aeroespacial Colombiana” que según la cartera de defensa busca ampliar horizontes en el sector espacial.
La radicación está citada para este martes 2 de abril a las 4:00 p. m. en la Secretaría General del Senado, por lo que el Congreso deberá ocuparse de esta discusión que ha sido considerada por algunos como innecesaria ante los múltiples problemas de seguridad que tiene Colombia.
La decisión del Ministro de Defensa se da días después de que la Corte Constitucional tumbara el cambio de nombre que se había hecho a través de la Ley 2302 de 2023, al considerar que no era viable hacer dicho trámite a través de una ley ordinaria. Por esa razón, se presentará un acto legislativo que puede modificar la Constitución Política.
El Ministerio de Defensa ha dicho en varias ocasiones que el cambio de nombre obedecería a reflejar el cambio en la entidad hacia nuevas actividades de exploración y explotación de recursos, más allá del control del espacio aéreo.
Sin embargo, será una discusión extensa porque la iniciativa necesita superar ocho debates en total para que sea aprobado. En medio del desgaste político que tiene el Gobierno Petro por la reforma pensional, de la salud y la laboral, este tema podría quedar en el olvido.
El pasado 14 de marzo, la Corte Constitucional se pronunció y el argumento para tumbar el cambio fue muy claro: “Por medio de una ley ordinaria no se puede modificar la denominación dada por la carta política a la Fuerza Aérea”.
El cambio de este nombre se dio en el trámite de la Ley 2302 de 2023, “por medio de la cual se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones”. En esta ley, en el artículo 5 se planteaba: “Cambio de denominación. Modifíquese la denominación de la Fuerza Aérea Colombiana, por ‘Fuerza Aeroespacial Colombiana’”.
La decisión, tomada con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, argumentó que el cambio de nombre iba en contravía del artículo 4 de la Constitución, que señala: “La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales”.
Este artículo deja claro que ninguna ley de la República puede estar por encima de lo planteado en la Constitución colombiana y, por lo tanto, el cambio que hicieron en el Congreso, por solicitud del Gobierno, no tiene validez jurídica.
Además, la Constitución señala en el artículo 217: “La nación tendrá para su defensa unas fuerzas militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea”.
“Por lo tanto, la Corte concluyó que el legislador no tiene margen de configuración para modificar lo anterior y, de hacerlo, como ocurrió en este caso, transgrede lo previsto en el antedicho artículo y, además, el principio de supremacía de la Constitución”, informaron desde el alto tribunal.