El presidente Gustavo Petro no esconde sus diferencias con las funciones de la Procuraduría.

Este sábado 8 de julio, el primer mandatario felicitó al Consejo de Estado porque una vez más se atravesó a una decisión del organismo disciplinario: tumbó la sanción de destitución e inhabilidad de 10 años que en el 2012 dictó, en una instancia, contra el exsenador Eduardo Merlano, porque se opuso a practicarse una prueba de alcoholemia cuando fue retenido por las autoridades en Barranquilla y, al parecer, alicorado, utilizó la controvertida frase: “usted no sabe quién soy yo”.

Más allá de Merlano, Gustavo Petro dijo que felicita al Consejo de Estado “por haber rescatado el control de convencionalidad en Colombia. La Procuraduría debe aceptar el cumplimiento cabal de la convención americana de Derechos Humanos que es parte de nuestra institución”, dijo.

Y agregó: “Ninguna autoridad administrativa debe eliminar derechos de ningún ciudadano o ciudadana bajo ningún concepto, tales determinaciones solo con competencia de un juez penal a través de sentencia”.

Eduardo Merlano, el exsenador sancionado por insultar a policías, le ganó pulso a la Procuraduría General. | Foto: Captura de pantalla

Claramente, esta decisión contra Merlano no la profirió la procuradora Margarita Cabello, pero la postura del Consejo de Estado pone aún más en aprietos a una Procuraduría que, según la CIDH, no debería tener los dientes jurídicos que tiene actualmente.

Recordemos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tras conocer la destitución contra Gustavo Petro, proferida por el exprocurador Alejandro Ordóñez, por el escándalo de las basuras cuando fue alcalde de Bogotá, fijó su posición apuntando a que el organismo disciplinario era una entidad administrativa y no tenía las garras jurídicas para tumbar del cargo a una persona con derechos políticos o elegida popularmente. Al contrario- dijo- tendría que ser un juez o el Consejo de Estado.

Por esta razón, la defensa del exsenador Eduardo Merlano radicó una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Consejo de Estado, advirtiendo que la Procuraduría General no podía sancionarlo disciplinariamente. Después de varios años de estudio, el alto tribunal le dio la razón y ordenó anular definitivamente los alcances de estos fallos.

El fallo del Consejo de Estado se interpretó como una advertencia a la Procuraduría. | Foto: A.P.I

“(...) toda vez que dicho ente de control no tenía competencia para imponer una sanción que restringiera el ejercicio de los derechos políticos del actor, quien fue elegido popularmente para desempeñar el cargo de senador y que valga resaltar también conlleva a la restricción del ejercicio de derechos políticos de sus electores”, advirtió el Consejo de Estado en el fallo de 16 páginas.

Gustavo Petro y Margarita Cabello no esconden sus diferencias en público, pese a que se han encontrado varias veces. | Foto: Cortesía Procuraduría

La decisión añade que “sin perjuicio de que se trata de dos sanciones cuya naturaleza es distinta, es perfectamente posible considerar que, para el caso en estudio, ya un juez —en este caso, el Contencioso-administrativo— impuso, en el marco de un proceso judicial respetuoso de las garantías procesales mínimas, la pérdida de investidura, que vendría a ser la máxima sanción para el servidor elegido popularmente”.

Merlano salió ganando por punta y punta, puesto que el Consejo de Estado le ordenó a la Procuraduría General de la Nación “pagarle los salarios y las prestaciones sociales dejadas de percibir desde la fecha de su retiro hasta el 14 de noviembre de 2014, fecha en la que quedó en firme la providencia que declaró la pérdida de investidura de senador”, según se lee en la providencia.