Se profundiza la crisis entre el presidente de la República, Gustavo Petro, y las altas cortes. En esta ocasión desde Cesar, en una agenda regional que adelantó este martes 13 de febrero, lanzó un agudo sablazo contra la Corte Constitucional.

Desde esa plaza, el mandatario colombiano insinuó que las decisiones que han venido adoptando los magistrados de la Corte Constitucional contra proyectos clave de su administración, “sería por oposición a Petro”.

El jefe de Estado cuestionó fuertemente que la corte tumbara la emergencia económica y social de La Guajira y el controversial artículo de la reforma tributaria que prohibía la deducción de regalías. Aseguró que esas posturas solo benefician a los grandes empresarios del carbón.

Presidente Gustavo Petro. | Foto: Presidencia

“Entonces expedimos los decretos de emergencia para llevarle agua a La Guajira y en la reforma tributaria se aprobó que no se podían deducir del impuesto de renta, unos gastos que son en realidad derechos de la nación porque somos los dueños del subsuelo, por orden constitucional, las regalías”, sostuvo Petro.

Y añadió: “Se juntan las dos sentencias, una tumbando los decretos de emergencia y la otra quitando, permitiendo la desdeducibilidad de regalías en el impuesto de rentas; en el primer caso, y ahora lo estamos viendo, impidiendo medidas rápidas para que el agua pudiera llegar al niño pobre contrario a lo que la misma Corte había dicho antes que era un estado inconstitucional de cosas”.

Corte Constitucional | Foto: Leon Dario Pelaez

También aseguró en su intervención: ”Por el otro lado, al poner la deducibilidad de regalías benefició a unas solas empresas por billones de pesos, 6 billones al año que hoy podrían hacer escuelas, colegios, que hoy podrían llevar el agua potable a La Guajira, solo benefició al Cerrejón y las empresas paralelas, porque al deducir el impuesto de renta ellos rebajan completamente su impuesto”.

“El pago a la Nación por regalías prácticamente se transforma en un subsidio a la empresa carbonera y entonces lo que hoy le estamos enseñando al mundo es que subsidiamos el carbón, no importa la vida de los niños y niñas de La Guajira; todo lo contrario, que la historia constitucional había prescrito alrededor de La Guajira una contradicción en los términos, no sé si por la oposición a Petro, no sé si porque lo explicamos muy bien en unas audiencias a las que yo mismo fui para defender esas tesis, no sé si por el interés particular o qué, pero hoy estamos subsidiando con billones de pesos a la empresa que les quita el agua a los niños y niñas de La Guajira”, anotó.

Presidente Gustavo Petro decretó la emergencia económica en La Guajira, posteriormente la Corte Constitucional la tumbó.

La molestia de Petro, se dio porque hace varios días la Corte Constitucional tumbó el artículo 19 de la Reforma Tributaria que no permitía que los desembolsos realizados por regalías de parte de las empresas minero-energéticas pudieran ser deducidos en el impuesto de renta a su cargo.

Para muchos expertos en el sector, esta medida era inconveniente, pues no solo implicaba una sobrecarga tributaria para estas compañías, sino que podía llevar a una salida de inversionistas que no verían ningún atractivo en el mercado colombiano.

Consejo de ministros en la Casa de Nariño. | Foto: Presidencia

La decisión del alto tribunal se da tras revisar una demanda presentada en contra de esta normativa. La Corte determinó que el artículo vulneraba los principios de justicia y equidad tributarias. Los ponentes de la decisión son los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger.

“Inicialmente, se demandó únicamente el inciso primero del parágrafo del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022. Sin embargo, luego de la integración normativa se declaró la inexequibilidad de todo el parágrafo censurado”, informó la Corte

En su momento, el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, defendió la norma argumentando que la medida que se basa en el hecho de que el Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales que ahí se encuentran; por lo tanto, las regalías son propiedad del Estado y no de los particulares que las pagan en dinero o en especie.

“Está claro que, por ejemplo, por cada 100 barriles de petróleo que se extraen, 35 son de la nación, vía regalías. Al permitir deducir esos 35, se le da al particular una propiedad que nunca fue suya. Lo que se debe deducir no son los 35 barriles, sino lo que les costó extraerlos (y esa deducción ya está en las normas tributarias)”, aseguró el ministro en su exposición ante la Corte Constitucional.

Finalmente, según el ministro, los recursos de regalías van al Sistema General de Regalías, que administra Planeación Nacional y se ejecutan como inversión en los territorios, lo que significa que no entran al presupuesto general de la Nación. Con este artículo de la reforma tributaria, la pretensión del Gobierno era que más recursos entraran al Presupuesto nacional, en el impuesto de renta, y aumentar los programas que se financian con ese presupuesto.