Vuelve y juega. A pesar de la polémica generada y los llamados de expertos constitucionalistas, la Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó, este martes 13 de diciembre, la disposición que permite a los congresistas saltar a ser ministros sin tener ninguna restricción. Actualmente, la ley prohíbe esta puerta giratoria.

La disposición está incluida en la reforma política que discute a esta hora la Plenaria de la Cámara.

La posibilidad de saltar de ser congresista a ser ministro sin ninguna restricción es normal en los sistemas parlamentarios, en los que la elección del gobierno (poder ejecutivo) emana del parlamento (poder legislativo) y es responsable políticamente ante este.

Sin embargo, en Colombia se maneja el sistema presidencialista, en el que hay total independencia entre el Ejecutivo y el Legislativo.

Desde la oposición argumentaron que este artículo es “un adefesio” y un “despropósito”, pues “se convierte en un instrumento de seducción por parte de los gobiernos a los congresos”.

No obstante, el artículo fue finalmente aprobado por el pleno de la Cámara, por 94 votos a favor y 50 en contra, con el apoyo del gobierno, que impuso sus mayorías para sacar adelante este punto.

“La representación de un congresista o una congresista en el Gobierno le da más peso político al Gobierno frente al Congreso”, apuntó el ministro del Interior, Alfonso Prada.

Este artículo ha generado toda una polémica en el país, pues hay sectores que consideran que esta propuesta se construyó en beneficio del Pacto Histórico, pues habría congresistas de esta fuerza política interesados en pasar al Gobierno.

El artículo que sí se hundió fue el que establecía la limitación de periodos en cuerpos colegiados, el cual pretendía que una persona no pudiera estar por más de tres periodos consecutivos en Senado, Cámara, asambleas y concejos municipales.

Sin embargo, la plenaria de la Cámara avaló una proposición del representante Juan Carlos Losada que pedía hundirlo. Fueron 75 votos por el sí y 69 por el no.

Igualmente, se hundió el artículo que establecía que se podía ser congresista desde los 18 años. Luego de una aguda discusión, quedó establecido que la edad mínima es desde los 25 años.

La polémica con esta reforma también ha estado servida por cuenta del artículo que establece el voto obligatorio en Colombia.

Por un lado, hay voces que ven en esta figura una de las maneras de combatir el abstencionismo, el cual puede estar entre el 50 y el 60 % de los ciudadanos dependiendo del proceso electoral que se cumpla. No obstante, en la otra orilla, hay quienes piensan que abstenerse de votar también es una posición política válida y que el elector tiene el derecho a acudir a ella si no está conforme con los candidatos que se presentan en las elecciones, ya sean legislativas, presidenciales o locales.

Después de una aguda discusión, este punto de la reforma política se hundió.

La reforma política se encuentra actualmente en su cuarto, de ocho debates en el Congreso. A pesar de que aún le queda un largo camino, el hecho de que se haya mantenido durante todos los debates la disposición para que los congresistas salten a ser ministros deja ver la intención de los senadores y representantes de jugársela a fondo por esta propuesta.