A pesar de que ya pasaron cuatro meses de la elección de Julián Mauricio Ruiz como contralor de Bogotá, este proceso sigue dando de qué hablar, no solo por las demandas de nulidad que se han presentado en contra de Ruiz para apartarlo del cargo, sino también por la más reciente decisión que tomó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca con uno de los concejales que participó del proceso de elección del nuevo contralor.

Se trata nada más y nada menos que del vicepresidente del Concejo, Humberto ‘Papo’ Amín, quien después de dos meses pudo volver a respirar tranquilo luego de que el tribunal fallara a su favor una demanda que fue interpuesta en su contra para que perdiera su investidura como concejal de Bogotá.

Esthefanía Ocampo Gómez, esposa de Amín, y el trabajo que ella ha ejercido al interior de la Contraloría General de la República, fueron el centro del argumento de la demanda que se interpuso en contra del concejal, pero a la que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó su pretensión.

La demanda en contra de Amín se basó en el hecho que desde el año 2019 su esposa adquirió la calidad de contratista de la Contraloría General de la República mediante contratos suscritos con la gerente Administrativa y Financiera, Sandra Patricia Bohórquez, quien integró la terna final de la cual se eligió al nuevo contralor de Bogotá.

Así mismo, la demandante señaló que Julián Mauricio Ruiz, elegido contralor distrital, se desempeñó como vicecontralor y contralor general de la República encargado, por lo que adujo que tanto Ruiz como Bohórquez, fueron jefes de Esthefanía Ocampo, razón por la cual, según la demandante, se configuró un conflicto de intereses para el concejal Amín.

En ese sentido, la demandante cuestionó el hecho de que a pesar de que el concejal Amín tenía a su esposa trabajando en la Contraloría, no se declaró impedido ni para expedir la resolución del Concejo por medio de la cual se conformó la terna, ni para participar de la votación en la que se eligió al nuevo contralor.

Concejal Humberto 'Papo' Amín | Foto: Concejo de Bogotá

El concejal Amín, a través de su apoderada, se defendió ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En primera medida, indicó que su esposa es contratista de la Contraloría desde antes del inicio del trámite de la elección de contralor distrital e incluso, desde antes de que él fuera elegido como concejal de Bogotá.

Así mismo, se explicó que la dependencia de la Contraloría General de la República, en que la esposa del concejal presta sus servicios desde hace cuatro años es la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, no en la Vicecontraloría ni en la Gerencia Administrativa y Financiera de esa entidad, áreas o dependencias en la que estuvieron Ruiz y Bohórquez.

Ahora, frente al hecho de por qué el concejal, como vicepresidente del Concejo, expidió la resolución que conformaba la terna, la apoderada aclaró que la mesa directiva no decidió conformar la terna, sino que los nombres allí consignados fueron el resultado del proceso de méritos que adelantó la Universidad San Buenaventura, sede Medellín.

Y con relación a por qué el concejal Amín no se declaró impedido, la apodera adujo que el cabildante fue recusado por un supuesto conflicto de intereses conforme la situación planteada en la demanda, y que dicha recusación se decidió de forma desfavorable. Luego, no podía el demandado manifestar el impedimento por los mismos hechos.

Pues bien, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio la razón al concejal Amín y a su apoderada y decidió negar la solicitud de pérdida de investidura.

Para el Tribunal, la relación de la esposa de Amín con la Contraloría General se ha llevado a cabo, al parecer, por la idoneidad y experiencia relacionada en el área del órgano de control, y que ninguna mediación o nexo se encuentra con la elección del cargo de contralor de Bogotá que tuvo lugar en el Concejo de Bogotá el 17 de mayo de 2022.

Se agrega que la esposa del concejal ni siquiera estaba subordinada por el candidato que resultó electo para el cargo de contralor y por quien realizó su manifestación de voto el concejal demandado. La relación contractual de ella con la Contraloría General de la República se ha enfocado y destinado para trabajar de forma directa con Luis Carlos Pineda Téllez en la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana.

En ese orden de ideas, reconoce la Sala que existe un vínculo por parentesco (factor objetivo), entre el concejal ‘Papo’ Amín y la Esthefanía Ocampo -cónyuge-, que ella tiene un vínculo contractual con la entidad para la cual laboró el hoy contralor de Bogotá, Julián Mauricio Ruiz, pero esta situación no es suficiente para señalar la existencia de un “conflicto de intereses”.

El vicepresidente del Concejo celebró la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y afirmó que la recibió con alegría y humildad.