El Ministerio de Hacienda había dado un concepto negativo al ya hundido proyecto de ley que pretendía reducir el salario de los congresistas, articulado que fue descartado por la Comisión Primera de la Cámara de Representantes el martes.

La cartera que dirige Ricardo Bonilla había advertido que ese texto podía incurrir en vicios de inconstitucionalidad porque no estaba alineada con la destinación de ahorro a un gasto público social.

El documento establecía que la asignación mensual de lo legisladores estaría compuesta únicamente por una asignación básica y gastos de representación y acotaba que ningún servidor público podría recibir un sueldo superior al de los parlamentarios, lo que implicaba una reducción en el gasto público en materia del pago a funcionarios.

Esto significaba que el Estado tendría un ahorro de $61.246 millones en los salarios de los congresistas y de $424.272 millones sobre el resto de remuneraciones que se pagan en el sector público y que tienen como base el salario de los congresistas, por ejemplo, las de la rama judicial.

Sin embargo, el documento de cuatro páginas de la cartera de Hacienda dejó claro un punto que centró la discusión en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes en la que se hundió el texto: los congresistas, constitucionalmente, no pueden bajarse su propio salario.

El Ministerio de Hacienda detalló que que “cuando se busque legislar sobre el régimen salarial y prestacional de los miembros del Congreso de la República, de los empleados públicos y de la Fuerza Pública, la iniciativa para hacerlo es exclusiva del Gobierno nacional”.

La jurisprudencia de la Corte Constitucional es clara en que los proyectos de ley que persigan ese fin tendrán que ser presentados por el poder Ejecutivo o contar con la firma de este, a través de la cartera de Hacienda que es la encargada de los asuntos presupuestales y fiscales. Entonces, la pelota para dar ese paso está en la cancha de la administración de Gustavo Petro.

“Dado que la reducción se predicaría de los cargos al momento en que estos se encuentren vacantes, dicha situación no es uniforme en los tiempos, y al momento en que se asignen los mismos se podrían presentar situaciones de desigualdad en la remuneración comparable entre mismos cargos con asignaciones distintas”, llamó la atención el despacho de Ricardo Bonilla.

El texto establecía que los recursos ahorrados a partir de esa iniciativa se destinarían a proyectos de educación rural y bonificaciones a los miembros de la Fuerza Pública, sin tener en cuenta que la legislación colombiana prohíbe disponer de rentas nacionales para destinaciones públicas.

“Aunque la iniciativa consagra la destinación de un porcentaje del ahorro que generaría la reducción de los salarios de los congresistas, la medida podría correr un riesgo de inconstitucionalidad, al no cumplir, de manera estricta, la destinación del ahorro a un gasto público nacional”, escribió el viceministro Diego Alejandro Guevara Castañeda en el concepto negativo a ese articulado.

A la votación en la que se hundió el proyecto de ley sobre la reducción de los salarios de los congresistas asistieron solo 29 de los representantes a la Cámara que integran la Comisión Séptima y el texto terminó hundiéndose con 15 votos por el sí y 14 por el no, pues se necesitaba mayoría absoluta (de 21 votos por el sí) para que este siguiera su curso en el Congreso al tratarse de una ley orgánica.

“Les explicamos a los congresistas que esto es un mandato de los ciudadanos a través de la consulta anticorrupción, que es justicia salarial, que nosotros ganamos 37 veces más que una persona que gana un salario mínimo legal en Colombia y respondimos todas las dudas jurídicas”, apuntó el ponente del texto, el representante Duvalier Sánchez.

El congresista invitó al Gobierno nacional a presentar un proyecto de ley que persiga ese mismo objetivo para dirimir el debate sobre la constitucionalidad de la iniciativa.