No cayeron para nada bien, al presidente Gustavo Petro, las recientes declaraciones del presidente de Ecuador, Daniel Noboa, sobre la captura que se hizo en la Embajada de México, del exvicepresidente de ese país Jorge Glas, en las cuales dijo que no se arrepentía de ese hecho.
A través de su cuenta personal de X, antes Twitter, el mandatario colombiano tomó una drástica decisión, al suspender el gabinete bilateral con Ecuador, el cual se había planificado con el expresidente del vecino país Guillermo Lasso.
“Se ha suspendido el gabinete bilateral con Ecuador que había sido planificado con el presidente Lasso”, posteó Petro.
Y avanzó en el mensaje que publicó en sus redes sociales: “Creo que lo sucedido en la Embajada de México es muy grave. Reconstruir el derecho internacional es fundamental si se quiere la paz del mundo”.
Recientemente se conoció que el exvicepresidente de Ecuador Jorge Glas permanecerá tras las rejas, esto a pesar de que el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia, que revisó la petición de habeas corpus presentada en su nombre, determinó que su arresto fue injusto y arbitrario.
El exvicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, seguirá en prisión, aunque el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia dijo que su arresto fue injusto. El tribunal, compuesto por los jueces Mónica Heredia, Liz Barrera y Adrián Rojas, anunció su decisión el viernes de la semana pasada por la tarde, después de una larga audiencia. A pesar de que reconocieron que la detención de Glas fue ilegal, no pudieron liberarlo porque aún tenía condenas pendientes.
Durante su intervención verbal para exponer el dictamen, la jueza Heredia destacó que “no se cuenta con evidencia que respalde la orden de llevar a cabo una investigación especial, como se estipula en el artículo 480 numeral 1 del Código Orgánico Integral Penal”.
Argumentó que esta conclusión se fundamenta en la falta de estricto cumplimiento del artículo 482 numeral 4 del mismo cuerpo legal. Según este artículo, el juez a cargo del caso en el que se ordena la detención de una persona debe solicitar, adjuntando una copia del proceso, la realización de esta diligencia a la entidad competente en relaciones exteriores. Si se rechaza el allanamiento, la diligencia no puede realizarse.
Así mismo, Heredia subrayó que “es evidente” que la detención de Glas adquiere una dimensión formalmente ilegal, dado que se realizó un allanamiento para su arresto basado en una orden de localización y captura en su contra, sin cumplir con lo dispuesto en el artículo 482.4 del COIP. Es decir, sin contar con la autorización del jefe de Cancillería y Asuntos Políticos de la Embajada de México en Ecuador.
En la misma línea, el Tribunal declaró que “carece de sustento jurídico” el argumento de los demandados, quienes justificaron la detención con base en los decretos ejecutivos suscritos por el presidente Daniel Noboa, correspondientes al estado de excepción y conflicto armado interno. Los decretos no constituyen una excepción para la aplicación del principio de legalidad, concluyeron los jueces.
Con la decisión judicial, el exvicepresidente seguirá recluido en la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, adonde fue llevado la mañana del sábado 6 de abril tras su detención. Desde su ingreso al centro de privación de libertad, Glas inició una huelga de hambre, como medida de protesta.
En ese momento, Francisco Hidalgo, en su calidad de ciudadano y representante legal del movimiento de la Revolución Ciudadana (RC), presentó el pasado lunes un recurso de habeas corpus. Este recurso fue dirigido contra Rita Annabel Bravo Quijano, jueza de la Corte Nacional de Justicia; Melissa Muñoz Sánchez, jueza de la Unidad Especializada en Garantías Penitenciarias de Quito; Daniel Noboa Azín, presidente de la República; Mónica Palencia, ministra de Gobierno; César Zapata, comandante general de la Policía Nacional, y Jaime Vela Erazo, jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Los abogados de Hidalgo argumentaron que la detención de Jorge Glas fue ilegal, arbitraria e ilegítima debido a que antes de su arresto ya había recibido asilo diplomático por parte del Gobierno mexicano. Además, señalaron que la incursión de uniformados a la embajada mexicana en Quito vulneró normas de derecho internacional público, irrespetando el principio de inviolabilidad de las sedes diplomáticas.
En la audiencia, la ministra Mónica Palencia caracterizó a Jorge Glas como uno de los protegidos de una administración judicial corrupta. Desde 2017, ha sido objeto de múltiples procesos judiciales por corrupción, desmintiendo así la noción de una persecución política. Según Palencia, Glas ha exhibido un comportamiento antisocial y agresivo, respaldado por operadores judiciales y abogados.
En lo referente al asilo otorgado a Glas, Palencia aclaró que, hasta el 11 de abril, la Cancillería ecuatoriana no había recibido notificación oficial por parte de México sobre su decisión.
Finalmente, la jueza Melissa Muñoz, una de las demandadas en el caso, explicó durante la audiencia que Jorge Glas no cumplió con los requisitos necesarios para obtener la prelibertad. Por esta razón, en diciembre de 2023 se le negó dicho beneficio. Aunque en ese momento Glas estaba en libertad por orden del juez Emerson Curipallo, Muñoz ordenó su localización y captura para que cumpliera los dos años restantes de su condena de ocho años, resultado de la unificación de las sentencias por los casos Odebrecht y Sobornos 2012-2016.