Un llamativo decreto firmó el presidente Gustavo Petro, en el que ordenó la reestructuración de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), en el cual impartió nuevas funciones a la Dirección de Contrainteligencia, las cuales –desde ya– generan alarma.
Dentro de sus tareas, según el Decreto 1077, la Dirección de Contrainteligencia, que está en la estructura de la DNI, “recolectará información a través de fuentes humanas, medios técnicos y medios abiertos”.
Al frente de la DNI estaba Carlos Ramón González, funcionario que era de la entera confianza del presidente Gustavo Petro y quien recientemente renunció a la dirección de esa entidad, luego de ser salpicado en el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
“Planear, coordinar y ejecutar las actividades de recolección de información a través de fuentes humanas, medios técnicos, medios abiertos u operaciones específicas, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de contrainteligencia, de conformidad con la Constitución, la ley, y en particular con el marco legal que regule las actividades de inteligencia y contrainteligencia”, se desprende dentro del documento conocido por SEMANA.
Y agrega: “Generar productos de contrainteligencia mediante la recolección, procesamiento, análisis y difusión de datos e información, proyectando escenarios preventivos, para contribuir a la toma de decisiones y adopción de medidas por parte del presidente de la República para coadyuvar con la protección, garantía y respeto de los derechos humanos y salvaguardar el ordenamiento constitucional, la soberanía y la seguridad nacional”.
De la misma manera, dentro de sus funciones, la Dirección de Contrainteligencia llevará a cabo actividades de “recolección y análisis de información en cooperación y coordinación con otras entidades del Estado, según sus competencias, y con otros organismos de inteligencia y contrainteligencia nacionales o internacionales, en el marco de sus funciones”.
“Desarrollar actividades de contrainteligencia para contribuir con la salvaguarda de la Presidencia de la República frente a actos de penetración, infiltración, espionaje, sabotaje u otras actividades de inteligencia desarrolladas por personas, organizaciones o gobiernos extranjeros”, también expresa el decreto.
Y avanza el documento: “Desarrollar actividades de contrainteligencia que contribuyan con la protección de las instituciones del nivel nacional y regional, frente a actos de penetración, infiltración, espionaje, sabotaje u otras actividades de inteligencia desarrolladas por personas, organizaciones o gobiernos extranjeros”.
“Asesorar al director general en la implementación de políticas y lineamientos institucionales para el desarrollo de las actividades de contrainteligencia con el fin de preservar y salvaguardar el ordenamiento constitucional, los derechos y libertades de los ciudadanos, la soberanía y la seguridad nacional de actos hostiles por parte de personas, organizaciones o gobiernos extranjeros”, se desprende de las funciones de la Dirección de Contrainteligencia.
Otra función será la de “proponer, desarrollar e implementar estrategias y soluciones tecnológicas de acuerdo con las necesidades de funcionamiento de la organización; así como atender requerimientos del presidente de la República y el alto gobierno en materia cibemética de acuerdo a la competencia de la Entidad”.
“Implementar las medidas legales, humanas, técnicas y tecnológicas necesarias para proteger y asegurar la reserva de los documentos, información y elementos técnicos de la Dirección Nacional de Inteligencia. Coordinar con la Dirección de Gestión Institucional y la Dirección de Inteligencia Estratégica el apoyo requerido para el desarrollo efectivo de las actividades de contrainteligencia”, establece del decreto.