La ponencia de la reforma a la salud radicada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes dejó clara la intención del Gobierno de poner punto final a los negocios que se han articulado alrededor del sistema de salud.
El texto de 526 páginas radicado en ese recinto establece que las EPS que manifiesten su interés de convertirse en Gestoras de Salud y Vida con la eventual puesta en marcha de esa ley, tendrán que separar los planes prepagados de la atención en salud que presten a los usuarios.
Esto significa que una Gestora de Salud y Vida no podrá tener planes complementarios, pólizas privadas de salud ni medicina prepagada, servicios que las EPS sí pueden prestar en la actualidad de manera conjunta y que les permite a los usuarios complementar la atención que necesitan.
Así quedó constatado en el artículo 30 de ese articulado que detalla los pasos para la transformación de las EPS en gestoras, en el que se determina que las EPS que operan dentro del sistema general de seguridad social podrán seguir prestando sus servicios durante dos años y que tendrán tres meses a partir de la promulgación de la ley para comunicar su intención de transformarse en gestoras.
El parágrafo 5 de ese artículo establece que las EPS estarán obligadas a escindir su operación comercial y dice que en ningún momento podrá darse una coexistencia administrativa entre los dos tipos de servicios.
Textualmente, en la ponencia se detalla que: “Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que decidan transformarse en Gestoras de Salud y Vida y que se encuentren administrando Planes Voluntarios en Salud (Medicina prepagada, planes complementarios y pólizas de salud) deberán escindir esta operación comercial dentro del período de transición para convertirse en Gestoras, sin que se requiera nueva autorización para el efecto de los planes vigentes. En ningún caso habrá coexistencia administrativa y financiera con la Gestora de Salud y Vida. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que no se transformen en Gestoras de Salud y Vida podrán seguir comercializando Planes Voluntarios en Salud de conformidad con la reglamentación legal vigente”.
Pero, ¿esto significa que no podrán brindar los servicios privados que prestan actualmente? La representante a la Cámara y ponente del articulado, María Eugenia Lopera, detalló que los negocios deberán estar separados.
“Sí los podrán tener, pero tienen que tener los negocios separados. Entonces, la EPS que quiera ser gestora, que hoy tenga estos planes, debe separar la contabilidad y la operación de los planes voluntarios. Las compañías deberán tener dos unidades de negocio separadas: una para ser gestora y otra para comercializar planes voluntarios en salud como los planes complementarios, atención domiciliaria o medicina prepagada. Hoy no sucede”, dijo la congresista del Partido Liberal.
En ese sentido, el representante y ponente del texto, Alexander Quevedo, aclaró que los planes podrán seguirse comercializando de manera privada entre las entidades que decidan no transitar a ser gestoras de salud y vida.
La ponencia de la reforma a la salud está en manos de la Comisión Séptima de la Cámara para su primer debate. Paralelo a esa radicación, la oposición (Cambio Radical y el Centro Democrático) presentó la ponencia de su contrarreforma a la salud ante la Comisión Primera del Senado, un articulado que es de carácter estatutario.