Cuando Humberto de la Calle llegó al Congreso de la República en julio de 2022, una de sus primeras propuestas fue la de darle un vuelco a la organización electoral colombiana y eliminar la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral.
Aunque su iniciativa se acumuló a la reforma política, el tema naufragó en el Legislativo y el tema quedó en suspenso por unos meses. Sin embargo, este martes -29 de agosto- se radicó un proyecto de acto legislativo que busca modificar unos artículos de la Constitución política para modificar el sistema de elección de los magistrados que actualmente está en manos del Congreso pleno.
“En Colombia, el Consejo Nacional Electoral ha carecido de independencia hasta ahora, lo que ha permitido la influencia de intereses partidistas en su funcionamiento. Esta problemática se origina en el método de selección de magistrados, donde cada partido representado en el Congreso propone candidatos que luego son elegidos por el Congreso en pleno, lo que resulta en una politización total del organismo electoral”, dice la argumentación de la iniciativa.
Para el congresista el sistema actual de elección ha permitido que los intereses de privados y políticos estén por encima del trabajo del CNE por lo que debe haber modificaciones de fondo sobre el órgano electoral.
“Cuando los partidos políticos que eligen a los magistrados también supervisan y controlan, se desequilibra el debate electoral y se cuestiona la independencia del proceso”.
Con lo que ha ocurrido en los últimos días con el escándalo de Odebrecht y las campañas presidenciales de Juan Manuel Santos y Óscar Iván Zuluaga están señaladas de haber recibido recursos de la multinacional, de la Calle que la inoperancia del CNE quedó evidenciado.
“Casos notables como el escándalo de Odebrecht y su impacto en las campañas presidenciales evidencian que, a pesar de las pruebas recopiladas por los órganos de control, el Consejo Nacional Electoral (CNE) archivó las investigaciones, mostrando la profunda influencia de los partidos y actores políticos en sus decisiones”.
La propuesta del congresista cuenta con un amplio respaldo político de congresistas como Ariel Ávila, Juan Carlos Losada, Catherine Juvinao y Julia Miranda, entre otros que pertenecen a sectores alternativos.
La iniciativa fundamentalmente busca frenar las denominadas “puertas giratorias”, los conflictos de interés y politización, elevando los requisitos para los elegidos.
“También se fortalecen las facultades del Consejo Nacional Electoral en la vigilancia, control de procesos electorales y gastos de campañas, además de la depuración del censo electoral. La transformación del CNE mediante la elección escalonada de magistrados, la conformación cuidadosa del Consejo e implementación de rigurosas inhabilidades no solo despolitizaría el proceso, sino que también revitalizaría la confianza en el sistema. La sociedad anhela poner fin a la impunidad en casos de corrupción e irregularidades”.
Además, el articulado indica que se deben incorporar recomendaciones de la Misión Electoral Especial, el Centro Carter, la MOE y la Misión de Expertos Electorales de la Unión Europea. Entre los aspectos clave de esta reforma se destacan: elección escalonada de magistrados mediante concurso de méritos, conformación de un Consejo de nueve magistrados con un mandato de 6 años y establecimiento de inhabilidades.
Propuesta
El Consejo Nacional Electoral Estará integrado por nueve (9) magistrados por un periodo institucional de 6 años. La elección de los magistrados se llevará a cabo por medio de concurso de méritos organizado por la Comisión Nacional del Servicio Civil. De la lista de elegibles se seleccionarán tres (3) miembros por la Corte Constitucional, tres (3) miembros por la Corte Suprema de Justicia y tres (3) miembros por el Consejo de Estado. Sus miembros serán servidores públicos de dedicación exclusiva, tendrán las mismas calidades, inhabilidades, incompatibilidades y derechos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
Para ser miembro del Consejo Nacional Electoral se requiere
● Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio
● Ser abogado
● Ser mayor de 35 años
● Tener experiencia laboral o profesional de más de quince (15) años en asuntos electorales con buen crédito en su profesión.
Inhabilidades
No podrá ser magistrado del Consejo Nacional Electoral quien haya ejercido cargos directivos en organizaciones políticas, ni haber aspirado u ocupado cargos de elección popular dentro de los siete (7) años inmediatamente anteriores a su elección. Dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, los magistrados del Consejo Nacional Electoral no podrán ocupar un cargo de dirigencia partidista, ni ser nombrados como Ministros ni Directores de Departamentos Administrativos, ni ser postulados a cargos de elección popular.
Proceso escalanado
El proceso de conformación del nuevo Consejo Nacional Electoral se realizará de manera escalonada, la elección de los nuevos magistrados se llevará a cabo de la siguiente manera: en el mes de agosto del año 2026 se seleccionarán seis (6) magistrados, dos (2) por la Corte Constitucional, dos (2) por la Corte Suprema de Justicia y dos (2) por el Consejo de Estado, tres (3) de ellos para un periodo de seis (6) años y los otros tres (3) para un periodo de cuatro (4) años. Por último, los magistrados que terminen su periodo en agosto de 2026 tendrán que elegir, por una sola vez y de manera aleatoria, los tres (3) magistrados que extenderán su período por dos (2) años.
Nuevos elementos para fortalecer las facultades del Centro Nacional Electoral (Artículo 265)
1. Ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral, así como de los procesos electorales en condiciones de inspección, vigilancia y plenas garantías.
2. Ejercer el control y revisión de las actuaciones y decisiones tomadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil para el desarrollo de los procesos electorales, asegurando el cumplimiento de los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
3. Fijar el monto máximo de gastos en las campañas electorales, distribuir los aportes estatales para su financiamiento de acuerdo con la ley.
4. Reconocer y revocar la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos y colaborar para la realización de consultas para la toma de decisiones y la escogencia de sus candidatos.
5. Garantizar los derechos de la oposición y las minorías.
6. Ejercer el control y depuración del censo electoral.
7. Adelantar medidas para garantizar la colaboración armónica entre entidades encargadas de la investigación administrativa y penal sobre el control de financiación de campañas electorales. El Consejo Nacional Electoral estará conformado por servidores públicos de carrera administrativa especial al cual se ingresará exclusivamente por concurso de méritos, sin perjuicio del sistema de retiro flexible de acuerdo con las necesidades del servicio.