Al Congreso llegará una iniciativa parlamentaria que generará interés en diversos sectores, especialmente en las mujeres del país. Se trata de una “licencia menstrual”, como la han denominado los autores del proyecto de ley, que son los representantes a la Cámara del petrismo María Fernanda Carrascal y Pedro Suárez Vacca.
“Mañana estaremos junto con Mafe Carrascal radicando el Proyecto de Ley de Licencia menstrual ya que beneficiará a muchas mujeres que trabajan y se han visto afectadas por síntomas que acompañan este proceso natural. ¡Los y las esperamos!”, aseguraron los congresistas del Pacto Histórico.
SEMANA conoció el detalle del articulado en el que se contempla que las mujeres podrán pedir al mes un día remunerado con el argumento de que se encuentran en etapa de menstruación. Para eso se establecen algunas condiciones, como por ejemplo, que la mujer no podrá pedir otra licencia de este tipo en los 26 días siguientes. Se aclara que deberá haber una protección a la intimidad y al derecho de no discriminación.
La idea del proyecto de ley es que se modifiquen algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo para que se establezca este permiso. “Las trabajadoras y personas menstruantes tienen derecho a una licencia remunerada de un día por mes calendario ante la imposibilidad de llevar a cabo su jornada laboral debido a los síntomas generados por su periodo menstrual. Esta licencia remunerada no afectará su ingreso salarial, antigüedad, pago de primas, vacaciones, bonos, incentivos u otro derecho laboral adquirido”, señalaría ese artículo.
Igualmente, se aclara que el empleador podría conceder más días de licencia si es necesario, siempre y cuando la persona presente ante la empresa un certificado médico en el que argumente las condiciones por las que es necesaria una licencia más amplia.
Aclaran que el día que escogerá la mujer para esta licencia corresponde exclusivamente a la persona, por lo que deberá informarlo cuando considere tomarlo. Se aclara que debería ser previamente anunciado con las razones de fondo.
El articulado aclara que cuando la mujer solicite este permiso el empleador no podrá despedirla ni sancionarla. “Ninguna Trabajadora o persona menstruante puede ser despedida por motivo de su periodo menstrual y sus síntomas”, se propone añadir al Código Sustantivo del Trabajo.
Si el empleador llegara a incumplir este permiso la persona tendría derecho a una indemnización que será el doble de remuneración de los descansos no concedidos.
La licencia no solo sería para las mujeres que laboran en alguna actividad, también sería para las niñas y adolescentes de las instituciones educativas, por lo que también podrían tener un día de licencia por esta condición.
“La elección de cómo usar la licencia menstrual siempre será decisión de las niñas, jóvenes, mujeres y personas menstruantes para la no asistencia presencialmente a la institución educativa. No obstante, al retornar a las actividades académicas, las beneficiarias de la licencia deberán informar que han tomado el día de licencia anterior para tal fin”, dice el articulado que se propone. En ese caso las instituciones educativas deberán reglamentar las condiciones y planes para la compensación de las actividades programadas.
Por su parte, de aprobarse el proyecto de ley en el Congreso, el Ministerio de Salud deberá en coordinación con las secretarías, las instituciones educativas y las empresas, tanto públicas o privadas, para adelantar campañas informativas y pedagógicas alrededor de las “garantías menstruales”, la higiene menstrual y la no estigmatización de la salud mental.
Suárez Vacca y Carrascal anunciaron que harán la presentación del proyecto formalmente este martes 28 de marzo a la 1:50 p.m. cuando lo radiquen en la presidencia de la Cámara de Representantes. En el caso de la congresista, recientemente también presentó otro proyecto junto a Juan Carlos Losada en el que se contempla que los empleadores le den los almuerzos a sus empleados.