En la mañana de este jueves, 21 de septiembre, la Comisión Sexta del Senado de la República adelantó la audiencia pública relacionada con el proyecto de ley que radicó la senadora Sandra Jaimes Cruz, por medio del cual se garantiza el pluralismo informativo y se prohíben las cláusulas de exclusividad en el mercado de pauta publicitaria en la televisión abierta en el país.

Al inicio de la audiencia, la senadora Jaimes contextualizó cómo se encuentra esto hoy en la televisión abierta en Colombia.

“En el mercado de la televisión abierta en el país, que incluyen actores a nivel nacional, regional y local, hay tres operadores de televisión nacional, ocho operadores de televisión regional y 17 operadores de televisión local. Lo que da un total de 28 agentes en el mercado. Los operadores de televisión regional o local representan, que es muy importante y que va muy enfocado con las políticas de gobierno, la diversidad cultural, la diversidad geográfica y de interés de las diferentes comunidades del país”, señaló la congresista.

Senadora Sandra Jaimes. | Foto: Captura de pantalla

De acuerdo con la senadora, estos agentes del mercado “permiten la creación y difusión de contenido local y específico de importancia para cada una de las regiones del país. La televisión regional y local también ofrece una plataforma para abordar temas y problemáticas que podrían no ser cubiertos por los canales nacionales”.

“En el escenario actual –según lo afirmó Jaimes–, se pactan cláusulas de exclusividad en los contratos de pauta publicitaria, situación que genera que determinados canales nacionales obtengan ciertas ventajas en dicho aspecto”.

Ante este panorama, Jaimes precisó que como senadora de la República, “radiqué el proyecto de Ley 074 de 2023, que prohíbe las cláusulas de exclusividad en TV nacional y abierta. ¿Qué buscamos con este proyecto? Lo que busca es el fortalecimiento de los canales regionales, en vista de que al tener la posibilidad de emitir pauta publicitaria, podrán contar con recursos que permitan mejorar sus contenidos”.

El objetivo de la audiencia era no solo conocer en detalle la explicación de la senadora Jaimes acerca del proyecto de ley, sino también escuchar las posturas de representantes de la televisión abierta en Colombia.

Después de la senadora Jaimes, tuvo el uso de la palabra Francisco Melo Rodríguez, delegado para la protección de la competencia, de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

“Nosotros revisamos el proyecto de ley e hicimos algunos comentarios en dos niveles: el primero, con relación al propósito de fondo, y el segundo, en relación con la forma que se está pensando en materializar ese proyecto”, dijo.

Y posteriormente amplió: “Con el propósito de fondo, desde un punto de vista práctico, lo que se pretende con el proyecto es impedir la celebración de cláusulas de exclusividad en las relaciones contractuales entre los canales y los anunciantes que utilizan este medio para pautar sus productos para atraer los consumidores”.

Frente a este propósito, Melo Rodríguez puntualizó: “En la dinámica de la competencia, las cláusulas de exclusividad no son en sí mismas reglas que necesariamente limitan la competencia o la imposibilidad de entrada de otros competidores. Para poder establecer que una cláusula de competitividad tiene ese efecto, que es anticompetitivo, que no es deseable incluso para los propósitos del proyecto, es necesario analizar caso por caso, las condiciones que tiene y el momento específico en el que se está dando”.

En la audiencia también intervino Lina María Duque, de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, quien indicó: “Hicimos una aproximación y un análisis muy profundo del proyecto de ley con el objetivo de contribuir al proceso de construcción del mismo”.

Duque, afirmó además: “La regulación de materia de mercados audiovisuales tiene dos aproximaciones: una, desde la perspectiva de la protección de la competencia, y otra, desde la perspectiva de la promoción de la competencia”.

“Nosotros encontramos que efectivamente las cláusulas de exclusividad pueden tener características positivas para el desarrollo de las condiciones de un mercado en particular, o también puede tener consideraciones negativas. ¿Qué ha hecho el ordenamiento jurídico? Las cláusulas positivas las promueve, las permite, y aquellas que son negativas, las corrige y las protege a través del derecho sancionador”, complementó Duque.

Por su parte, José Alberto Samuel Yohai, presidente de la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones (CCIT), dejó clara su postura: “La televisión abierta y radio difundida juega un rol como el principal medio de comunicación para los colombianos, y en ese sentido es clave garantizar o asegurar una certeza jurídica, y promover así la competencia dentro de este mercado de pauta publicitaria”.

Según Samuel Yohai, “en la medida que se permitan estas cláusulas de exclusividad dentro de la contratación de pauta publicitaria en la televisión abierta en Colombia, sin duda alguna se está dificultando el acceso a recursos de muchos de los actores de este mismo servicio, y esto por supuesto, también afecta la sostenibilidad financiera, y limita ese pluralismo informativo”.

Y enfatizó que “estas cláusulas de exclusividad se convierten de facto en una barrera de entrada para actores entrantes”.

Jorge Martínez de León, Caracol Televisión. | Foto: Captura de pantalla

La postura de Jorge Martínez de León del Canal Caracol, es diferente: “Las cláusulas de exclusividad no son per se nocivas, ni son inconstitucionales, eso no lo ha dicho la SIC, lo ha dicho la Corte Constitucional, lo ha dicho el Consejo de Estado, lo ha dicho el Tribunal Superior de Bogotá, lo han dicho los organismos de competencia internacionales y en la Unión Europea es el concepto reinante hoy, lo mismo en Estados Unidos. Habría que analizar cada caso para determinar si una cláusula de exclusividad es o no inconstitucional, si restringe la competencia, porque repito per se, no lo son”.

Ramiro Avendaño, de canal 1, expuso por su parte: “Este es un tema inmensamente importante y la importancia radica en para qué son los medios de comunicación, para qué son los canales públicos, para qué son los medios concesionados, para qué son los medios licenciados y detrás de esto hay una obligación contractual, de velar por la democracia y la libertad de prensa”.

De acuerdo con Avendaño, “el problema es que estamos en un mercado concentrado, con prácticas obstructivas a la libre competencia, que limitan el acceso a medios, porque limitan el acceso a la única fuente de financiación que es la pauta”.

Ramiro Avendaño, canal 1. | Foto: Captura de pantalla

Y agregó: “El riesgo es tener una sociedad menos informada, una sociedad a la que no llegue información de calidad. Cuál es el problema al que nos enfrentamos hoy en día, una terrible concentración, prácticas restrictivas de libre competencia, la que se les ofrece a los anunciantes de una condición especial, casi que desde el punto de vista económico imposible de negar, si excluyen en sus planes de medios a una empresa u otra, con nombre y apellido, o si le reducen la participación”.

De la audiencia también participaron Martín Montoya, de Telecafé; Juan Carlos Gómez, de canal Caracol; Jorge Luis Arzuaga, de RTVC; Tulio Ángel, de Asomedios; Habacuc Vásquez, de Teleantioquia; Elga Lorena Angarita, de Red Intercable.

Lo expuesto en esta audiencia, servirá para la construcción de la ponencia del proyecto de ley para su discusión en su primer debate.