La Sala Plena del Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la demanda de pérdida de investidura presentada contra el concejal Juan David Quintero, de la coalición Nuevo Liberalismo - En Marcha, por supuestamente haber destinado indebidamente dineros públicos con la inclusión de la ALO Norte en el Plan Distrital de Desarrollo.
El concejal Quintero y otros 6 concejales que votaron favorablemente las modificaciones al artículo 157 en primer debate, en donde se incluyeron nuevos proyectos de movilidad, entre otros, la ALO Norte entre la calle 80 y la calle 153 y sus conectantes por la av. Suba y El Tabor, el pasado 29 de mayo de 2024 durante el segundo debate del Plan Distrital de Desarrollo, recibieron por correo electrónico una demanda de pérdida de investidura interpuesta por un ciudadano de Medellín.
Quintero destacó que “esa demanda fue el producto de una instrumentalización política que utilizó Claudia López para amenazar y constreñir a los concejales para que votaran negativamente la inclusión de la ALO Norte en el Plan Distrital de Desarrollo. Es increíble que se utilice la administración de justicia para amedrentarnos e impedir que cumplamos con nuestras funciones constitucionales, legales y reglamentarias”.
Así mismo, señaló que la ALO es una deuda que tiene el Distrito con los ciudadanos desde los años 60. “Los invito a que vayan a Engativá y Suba y se den cuenta de que con la inclusión de la ALO Norte en el Plan de Desarrollo, las personas más beneficiadas serán aquellas a quienes se les va la vida en un trancón eterno en todo el borde occidental de Bogotá”, puntualizó el cabildante.
Según el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, “no se encuentra probada la alegada destinación indebida de dineros públicos como causal de pérdida de investidura, puesto que el concejal Juan David Rubio, al participar y votar en la aprobación del artículo 304 contenido en el proyecto de Acuerdo 368 de 2024 (hoy artículo 300 del Acuerdo 927 de 2024), simplemente cumplió con su función establecida en el artículo 91 del Acuerdo 741 de 2019 para participar y votar los proyectos presentados por la administración del Distrito de Bogotá”.
El concejal afirma que “esa demanda no tenía ni pies ni cabeza. Como lo ha sostenido el Consejo de Estado, la pérdida de investidura no tiene como fin indagar y emitir juicios de valor sobre la opinión y el voto de los servidores de elección popular. Además, la causal de indebida destinación de dineros públicos no se da cuando los servidores participan y votan en la aprobación de proyectos normativos, de acuerdo con sus funciones constitucionales y legales”.
Por último, Quintero concluyó que “en el Concejo de Bogotá nos la jugamos por hacer realidad un proyecto que es indispensable para mejorar la movilidad y la calidad de vida en el occidente de la ciudad. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en derecho. No ganó el matoneo ni el chantaje de la exalcaldesa Claudia López”.
Es de mencionar que el Tribunal también ha negado las demandas de pérdida de investidura de los concejales Daniel Briceño, Clara Lucía Sandoval, Marco Acosta y Juan Manuel Díaz.