Aunque en Colombia la donación de órganos presenta una leve recuperación posterior a la pandemia, el tema continúa siendo un desafío para las familias al momento de decidirse a autorizarla cuando se presenta la muerte de un ser querido.
Según datos del Instituto Nacional de Salud, INS, el crecimiento del 17 % en el total de trasplantes realizados en Colombia, permite regresar a las cifras de 2019, cuando se realizaron 1.303 trasplantes. Las estadísticas muestran crecimiento en 2023, con 1.394 trasplantes, distribuidos así: riñón 933; corazón 99; hígado 293; pulmón 36; intestino 1; riñón-corazón 3; riñón- hígado 14; y riñón - páncreas 15.
No obstante, más de 4.000 colombianos, continúan en lista de espera del Instituto Nacional de Salud y tienen en la donación una oportunidad de salvar su vida o recuperar la calidad de la misma. De acuerdo con los especialistas, prevalece el desconocimiento del proceso, así como los mitos que obstaculizan la donación proveniente de pacientes que son declarados en muerte encefálica o cerebral, criterio con el cual se opera actualmente en Colombia.
Además de la opción de donante vivo, existen otras alternativas. Desde septiembre pasado cursa un proyecto de ley en el Congreso, conocido como la Ley 55 vidas, para incluir la parada cardiaca como uno de los caminos para incrementar las tasas de donación. Sus autores son los representantes a la Cámara Alejandro García y Julio César Triana y buscan incluir en el marco jurídico existente a personas que mueren tras una falla cardiaca como potenciales donantes y así ampliar la disponibilidad de órganos vitales.
De acuerdo con la doctora Ximena Escobar, médica y cirujana de la Universidad Militar, actual directora ejecutiva de Fundonar Colombia, mitos relacionados con el tráfico de órganos, la supuesta oposición de la religión, la desfiguración de los cuerpos o la creencia de que los trasplantes son exclusivamente para personas adineradas —solo por mencionar algunos— son elementos culturales que afectan este proceso, donde la calidad de vida de las personas que requieren un trasplante se encuentra en riesgo.
En ese sentido, asegura la doctora Escobar, resulta fundamental que la población comprenda que debe existir una compatibilidad entre donante y receptor para evitar rechazos. Ese es el criterio que prima a la hora de asignar un órgano entre los pacientes de una lista de espera.
La Ley 1805 de 2016 presume que todos los colombianos mayores de edad son donantes. Sin embargo, la respuesta afirmativa de las familias sigue siendo respetada y tienen la última palabra, señala la médica, magister en donación de órganos, tejidos y células de la Universidad de Barcelona.
Mitos y realidades frente a la donación de órganos
La doctora Escobar desmitifica ideas frecuentes sobre la donación de órganos con fines de trasplante que suelen circular por redes sociales o series de televisión. “Es fundamental hacer claridad en la población sobre las ideas equívocas que se tienen frente a este proceso que requiere procedimientos médicos de alta complejidad, intervención de especialistas y logísticas muy específicas en los que Colombia está a la vanguardia”, dice la especialista.
1. Tráfico de órganos:
No existe el tráfico de órganos ni tejidos con fines de trasplante en Colombia. Es un procedimiento de alta complejidad que requiere:
- Infraestructura especializada, quirófanos, instrumental, salas blancas y asépticas, personal especializado y capacitado para la adecuada extracción y trasplante en el receptor. Estos procedimientos no se pueden realizar en bodegas, containers o baños, como algunos medios hacen circular de manera errónea.
- Tiempo de isquemia de los órganos: estos no se guardan en bancos, deben ser trasplantados en un tiempo corto para asegurar su funcionamiento en el receptor.
- Registro nacional: Toda la gestión de la donación de órganos y tejidos tiene un registro liderado por el INS, dependencia del Ministerio de Salud, y las Secretarías de Salud departamentales o distritales.
- Falsas víctimas: Nunca el Instituto de Medicina legal o la Fiscalía han reportado cuerpos de fallecidos que hayan sido víctimas de extracción de componentes anatómicos de manera ilegal o sin autorización de la persona en vida o sus deudos.
- El artículo 15 del decreto 2493 de 2004 prohíbe cualquier tipo de remuneración en dinero o especie por la donación de componentes anatómicos. Este es un acto voluntario y altruista en beneficio de los pacientes en lista de espera para quienes los trasplantes tampoco tiene costo el trasplante ya que está cubierto por el Plan Obligatorio de Salud.
2. Mi religión se opone a la donación:
La posición acerca de la donación con fines de trasplante, varía de una religión a otra. Pero la mayoría de los credos apoya la donación de órganos y tejidos como un acto de amor y misericordia hacia el prójimo. Por ejemplo, en la religión católica o cristiana que entiende la donación como “una de las expresiones más altas de compasión y generosidad”.
3. Queda desfigurado el cuerpo cuando se dona:
Es falso. La extracción de órganos y tejidos es un procedimiento quirúrgico realizado con toda la técnica y respeto al cuerpo del donante. Queda solo una cicatriz, como en cualquier cirugía y se colocan prótesis en casos como el de la donación de tejido corneal o tejido óseo. El objetivo es conservar la estética de la persona fallecida.
4. Los trasplantes solo son para las personas que tienen dinero:
Falso, ya que todas las personas tienen derecho y acceso a un trasplante en caso de necesitarlo. Son tratamientos cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud. Por lo tanto, hay pacientes en lista de espera tanto del régimen subsidiado como del contributivo. No se paga nada por recibir un trasplante y no se pueden mover influencias para acceder a un órgano, ya que se asignan solo por compatibilidad. Es decir, el órgano va a ser trasplantado a la persona que sea más parecido genéticamente al receptor y que tenga menos riesgo de rechazar el órgano trasplantado.