La Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma inmediata de posesión de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la entidad. La decisión se anunció luego de que Comfaguajira estuviera durante 18 meses bajo la medida de vigilancia especial.
“Nuestras decisiones, que son de carácter técnico, tienen como finalidad minimizar la afectación del aseguramiento en salud y brindar garantías para la prestación efectiva de los servicios requeridos por los ciudadanos, que en este caso concentran un número importante de usuarios objeto de especial protección constitucional”, indicó el Superintendente Nacional de Salud, Ulahi Beltrán López.
Esto sucederá con los afiliados
El traslado y asignación de los 270 mil usuarios estará a cargo del Ministerio de Salud y Protección Social, quienes serán los responsables de comunicar oportunamente las fechas establecidas y las EPS receptoras de la población.
¿Qué hacer si liquidaron mi EPS?
En primer lugar, se debe confirmar con fuentes oficiales si efectivamente la EPS entrará en proceso de liquidación. Dicha información es verificada por la Superintendencia de Salud y el Ministerio de Salud. Luego se puede consultar a través de dos portales oficiales cuál será su nueva entidad.
La primera opción es la página web de MinSalud, aquí se anota el número de identificación y al dar clic se conocerá la asignación. La segunda opción es la página de la ADRES, allí al igual que la forma anterior se anota el número de identificación y en una nueva pestaña se despliega la información completa.
Vale aclarar que en la segunda opción se reflejarán los datos “según su última actualización, resultado de los reportes de información realizados por las Empresas Promotoras de Salud - EPS”. También la SuperSalud tiene habilitados varios canales respondiendo las preguntas frecuentes.
En general, también recomienda el Ministerio de Salud contactarse con la EPS que recibe a los afiliados: “Apreciado Afiliado, con el propósito de facilitar el acceso a los servicios de salud, es necesario que se contacte con la EPS asignada, y efectúe la actualización de sus datos, así como los de su grupo familiar. Además recuerde, que después de noventa (90) días calendario contados a partir de la efectividad de la asignación, tiene el derecho de trasladarse de EPS, en caso que algún miembro de un grupo familiar, quedó asignado a una EPS distinta a la del cotizante o cabeza de familia, el traslado se podrá efectuar de manera inmediata”.
Asimismo, la Supersalud activó un plan especial de protección del derecho a la salud de estos afiliados, para garantizar la continuidad de los tratamientos, la protección mediada por tutelas y demás servicios para que no sigan siendo victimizadas por no recibir servicios oportunos.
De conformidad con la evaluación integral realizada, el Superintendente Nacional de Salud designó como liquidador del programa de la Entidad Promotora de Salud de la Caja de Compensación Familiar de la Guajira a su director administrativo, el doctor Luis Eduardo Medina Romero, y estableció la designación como contralor del revisor fiscal a Alfredo Rafael Ríos De la Hoz.
No obstante, al momento de realizar la notificación del acto administrativo, se encontró que el doctor Medina estaba en licencia y el acto se notificó al representante legal suplente Aldo Enríquez Mejía, siendo notificado y posesionado -con carácter provisorio- como liquidador.
Por lo anterior, deberán presentar a esta Superintendencia, luego de su designación, un plan de trabajo que incluya el plan de acción con el correspondiente presupuesto, indicadores por actividades y el diagnóstico de la entidad. Adicionalmente, deberán presentar un informe mensual con los avances y cumplimiento de las órdenes impartidas.
¿Por qué se liquidó el programa de salud?
Dentro de las razones expuestas por la Supersalud, se incluyen fallas en el manejo del dinero y en la atención a los afiliados. La entidad especificó siete razones que se incluyeron en el acto administrativo.
- Los principales motivos de PQRD se relacionan con la falta de acceso a servicios de medicina especializada, inoportunidad en la entrega de medicamentos y programación de cirugía, deficiente programación de exámenes de laboratorio y procedimientos quirúrgicas y barreras de acceso en la afiliación con trámites que no contempla la ley.
- El programa de salud no cumplió con los indicadores de capital mínimo y patrimonio adecuado para las vigencias 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y agosto 2022, respecto al régimen de inversiones para las vigencias 2016 a 2021 y con corte al mes de agosto de 2022, no constituyó inversiones computables que le permitan cumplir con los requerimientos financieros exigidos como respaldo de las reservas técnicas.
- La entidad mantiene deficiencias en la calidad e integridad de la información financiera reportada, generando incertidumbre sobre la razonabilidad de estas y los avances evidenciados en el marco de la medida de vigilancia especial.
- Comfaguajira registra un índice de endeudamiento del 1.87 con unas deudas que ascienden a $56.067 millones, de los cuales el 57% son cuentas por pagar a la red prestadora y proveedora de servicios y tecnologías en salud.
- De acuerdo con los resultados obtenidos por la EPS del indicador de siniestralidad, se observa un incremento en agosto de 2022 al comparar el resultado con diciembre 2021, situándose en un 109.71% por UPC y 246.26% por presupuestos máximos.
- No se evidenciaron las acciones correspondientes para identificar, depurar, conciliar y pagar las obligaciones derivadas de la prestación de los servicios de salud, infringiendo las normas tendientes a garantizar la destinación de recursos, el saneamiento de las obligaciones, así como el mejoramiento del flujo de recursos con la red prestadora de servicios.
- Con corte a 31 de agosto de 2022, Comfaguajira había sido notificada de 64 acciones de tutela, de las cuales 32 están relacionadas con fallas en la prestación de los servicios de salud, 32 con servicios no UPC, 3 de ellos por desacato.